Resolución Nº 511/GCABA/SSGRH/17

FirmantesDomeniconi
EmisorSUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

VISTO:

La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 684/09 y

modificatorios, la Resolución N° 153/MDUGC/2013, y el Expediente Electrónico N°

3898412/DGIURB/2017 y,

CONSIDERANDO:

Que según surge del citado actuado, la agente Andrea Paladín, DNI 28.484.783, CUIL

N° 27-28484783-6, titular de la Gerencia Operativa Proyectos en el Espacio Público,

de la Dirección General Obras de Infraestructura Urbana, de la Subsecretaría de

Obras, del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, solicita a partir del 1° de

febrero de 2017, licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor

jerarquía;

Que el artículo 24 del Anexo del Decreto N° 684/09, estipula que se aplicarán las

previsiones contenidas en la Ley N° 471;

Que el artículo 16 inciso k) de la citada norma establece que los trabajadores del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen derecho a una licencia por

designación en cargos de mayor jerarquía sin goce de haberes;

Que asimismo, el artículo 47 de la referida ley dispone que "...Se considera que existe

ejercicio de un cargo superior cuando un trabajador asume en forma transitoria

funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su

situación de revista.";

Que la mencionada agente fue designada como titular por concurso de la Gerencia

Operativa Proyectos en el Espacio Público, de la ex Dirección General de Proyectos

Urbanos y Arquitectura, de la ex Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo,

Arquitectura e Infraestructura, del entonces Ministerio de Desarrollo Urbano, mediante

la Resolución N° 153/MDUGC/2013;

Que es de hacer notar que lo peticionado obedece a que la referida agente fue

designada como Directora de Sistemas de Información Territorial y Análisis Estratégico

de Planificación del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación,

circunstancia que se encuentra documentada en el Visto;

Que por lo expuesto y teniendo en cuenta que el beneficio peticionado se encuentra

previsto en el artículo 47 de la Ley N° 471, corresponde su otorgamiento mientras dure

su cargo concursado, en el que fuera designada por Resolución N° 153/MDUGC/2013;

Que a tal fin se procede a dictar el acto administrativo correspondiente.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,

LA...

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