Resolución Nº 511/GCABA/SSGRH/17
Firmantes | Domeniconi |
Emisor | SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS |
VISTO:
La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 684/09 y
modificatorios, la Resolución N° 153/MDUGC/2013, y el Expediente Electrónico N°
3898412/DGIURB/2017 y,
CONSIDERANDO:
Que según surge del citado actuado, la agente Andrea Paladín, DNI 28.484.783, CUIL
N° 27-28484783-6, titular de la Gerencia Operativa Proyectos en el Espacio Público,
de la Dirección General Obras de Infraestructura Urbana, de la Subsecretaría de
Obras, del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, solicita a partir del 1° de
febrero de 2017, licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor
jerarquía;
Que el artículo 24 del Anexo del Decreto N° 684/09, estipula que se aplicarán las
previsiones contenidas en la Ley N° 471;
Que el artículo 16 inciso k) de la citada norma establece que los trabajadores del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen derecho a una licencia por
designación en cargos de mayor jerarquía sin goce de haberes;
Que asimismo, el artículo 47 de la referida ley dispone que "...Se considera que existe
ejercicio de un cargo superior cuando un trabajador asume en forma transitoria
funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su
situación de revista.";
Que la mencionada agente fue designada como titular por concurso de la Gerencia
Operativa Proyectos en el Espacio Público, de la ex Dirección General de Proyectos
Urbanos y Arquitectura, de la ex Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo,
Arquitectura e Infraestructura, del entonces Ministerio de Desarrollo Urbano, mediante
la Resolución N° 153/MDUGC/2013;
Que es de hacer notar que lo peticionado obedece a que la referida agente fue
designada como Directora de Sistemas de Información Territorial y Análisis Estratégico
de Planificación del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación,
circunstancia que se encuentra documentada en el Visto;
Que por lo expuesto y teniendo en cuenta que el beneficio peticionado se encuentra
previsto en el artículo 47 de la Ley N° 471, corresponde su otorgamiento mientras dure
su cargo concursado, en el que fuera designada por Resolución N° 153/MDUGC/2013;
Que a tal fin se procede a dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
LA...
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