Resolución N° 50

EmisorDirección General de Educación de Jóvenes y Adultos
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 57
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 22 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Artículo 2º: CONVOCAR a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposi-
ción para cubrir:
Cuarenta (40) cargos de Director y Siete (07) cargos de Vice Director, de
Educación Secundaria para Jóvenes y Adultosque se encuentran detalla-
dos en los Anexos I, II y III, teniendo lugar la inscripción de Aspirantes en el
período comprendido entre el 03 de Abril de 2018 y el 09 de Abril de 2018
inclusive ante la Comisión Permanente de Concursos.
Artículo 3º: Los aspirantes se inscribirán para las vacantes, debiendo op-
tar por una sola escuela y un solo cargo en el ámbito geográco de la
inspección a la que pertenece, según el Anexo I, el Anexo II y el Anexo III
de esta convocatoria, de acuerdo a lo preceptuado por el Artículo 6 del
Decreto N° 930/15 reglamentario del Artículo 10 de la Ley 10237/14.
Artículo4º: Podrán acceder al concurso previsto en el Artículo 2 ut supra
aquellos docentes que reúnan los requisitos establecidos en el Artículo15 y
16 de la Ley10.237 (modicatorio del Art. 62 y 63 del Decreto Ley 214/E/63)
y que a la fecha, se desempeñen en el nivel secundario de la modalidad
de Jóvenes y Adultos, revistiendo en situación de servicio activo, según el
siguiente detalle:
A. PRIMERA CONVOCATORIA: podrán inscribirse para los cargos de-
tallados en el Anexo I, aquellos docentes que cumplan con los requisitos
anteriormente mencionados y que se desempeñen en centros educativos
de la misma zona de inspección.
B. SEGUNDA CONVOCATORIA: podrán inscribirse para los cargos de-
tallados en el Anexo II, aquellos docentes que cumplan con los requisitos
anteriormente mencionados y que se desempeñen en centros educativos
dependientes de cualquiera de las zonas de inspección (Zonas: 1, 2, 3, 4,
5, 6, 7, 8, 9,10 y 11).
C. TERCERA y CUARTA CONVOCATORIA - ABIERTA: podrán inscribirse
para los cargos detallados en el Anexo III, aquellos docentes que cumplan
con los requisitos anteriormente mencionados y que se desempeñen en
centros educativos de la provincia de Córdoba.
No debiendo encontrarse incursos en las causales de inhabilitación previs-
tas en el Artículo 11 del Decreto N° 930/15.
Artículo 5º: Los Aspirantes deberán inscribirse ante la Comisión Perma-
nente de Concursos que funcionará en calle Salta N° 74 – 1er piso de la
ciudad de Córdoba en el horario de 09.00 a 17.00 ypresentarán su legajo
docente al momento de la inscripción ante la Junta de Clasicación, la
que se constituirá en el mismo domicilio de inscripción, conteniendo do-
cumentación de antecedentes que considere pertinente a los efectos del
concurso.
Aquellos aspirantes que participaron de convocatorias anteriores para car-
gos directivos no deberán presentar nueva carpeta de antecedentes. Sólo
presentarán original y copia del o los índices intervenidos por vocal junta
de clasicación y adjuntarán: copia del D.N.I., constancia de servicios ori-
ginal y actualizada (máximo 30 días), régimen de incompatibilidad original
y actualizado (máximo 30 días) y si tuvieran nuevos antecedentes acom-
pañados por un nuevo índice por duplicado.
Artículo 6°:Los Aspirantes se noticarán, al momento de la inscripción, de
la presente resolución de convocatoria, del Reglamento de títulos y pun-
tajes, y de la Resolución Ministerial de designación del jurado, normativa
que se encuentra en:http://www.cba.gov.ar/concursos-de-cargos-directi-
vos-y-de-inspeccion/ declarando conocer y aceptar, Artículo 14° del De-
creto N° 930/15.
Artículo 7°: El Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición se realizará
en dos etapas (Artículo24 del Decreto 930/15):
A. Etapa de Vericación de Títulos y valoración de antecedentes por la
Junta de Clasicación.
B. Etapa de Evaluación de Oposición: Prueba Teórica y Prueba Prácti-
ca con Presentación de Proyecto Institucional y Entrevista ante el Jurado.
Cada prueba será eliminatoria y su NO aprobación producirá la automática
exclusión del Concurso.
Artículo 8°:INCORPORAR el Programa de Concurso y la Bibliografía
como Anexo IV integrado por catorce (14) fojas,como Anexo Vdocumenta-
ción necesaria al momento de la Inscripción integrado por dos (2) foliosy
como Anexo VI Cronograma general integrado por un único folio y que
forman parte de la presente resolución.
Artículo 9°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Comisión Permanente
de Concursos, a las Inspecciones de esta Dirección General y por su in-
termedio a los centros educativos, a los interesados, a la Junta de Clasi-
cación; publíquese en la Página Ocial de Gobierno de la Provincia, en el
Boletín Ocial y archívese.
FDO.: CARLOS O. BRENE, DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN DE JÓVENES
Y ADULTOS
ANEXO: HTTPS://GOO.GL/RHRBYT
Resolución N° 50
Córdoba, 20 de marzo de 2018
VISTO:
La Ley N° 10237, el Decreto N° 930/15, Decreto Ley 214/E/63 y la Reso-
lución N° 49/2018 de esta Dirección General de Educación de Jóvenes y
Adultos, mediante la que se convoca a Concurso de Títulos, Antecedentes
y Oposición para cubrir los cargos de Director y Vicedirector en Centros
Educativos de Nivel Secundario con carácter titular, vacantes en las zonas
de Inspección dependientes de la misma, y;
CONSIDERANDO:
Que, para determinar las condiciones en las que se realizarán los Concur-
sos de Director y Vicedirector, se deberá tener presentes las disposiciones
del Art. 62 y Art. 63 del Decreto Ley N° 214/E/63, modicado por el Art. 15
y 16 de la Ley 10237;
Que en las Resoluciones Nº 1209/11 BIS y Nº 981/12 de la ex Dirección de
Enseñanza Media y las Resoluciones emitidas por la Unidad Provincial de
Certicación y Alcance de Títulos se establecen las condiciones de títulos
docentes, requerimiento ineludible de admisibilidad del aspirante;
Que, según el Artículo 19° del Decreto N° 7385/68, se podrán dejar esta-
blecidos los criterios de valoración de antecedentes aplicables para esta
Convocatoria;
Que en el Art. 22° del Decreto 930/15 se establece que los Concursos se-
rán de Títulos, Antecedentes y Oposición, por lo que deberá jarse un tope

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