Resolución Nº 493/GCABA/APRA/15
Firmantes | Villalonga |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de protección ambiental |
Fecha de la disposición | 14 de Octubre de 2015 |
VISTO:
Las Leyes N° 1774 y N° 2.628, los Decretos N° 556/GCBA/10 su modificatorio, N°
509/GCBA/13, la Resolución Conjunta N°
5/SECLYT/14, Resolución N°
68/APRA/2012, la RESOL-2015-100-APRA y la RESOL-2015-463-APRA, el EX-2015-
27794575-MGEYA-DGTALAPRA y,
CONSIDERANDO:
Que por las presentes se propicia dar por aprobadas las expensas ordinarias del local
sito en la calle Belgrano 1429/33 U.F. 2, destinado a oficinas administrativas de
gestión y atención al público de esta Agencia;
Que, al respecto, cuadra señalar que por Resolución N° 68/APRA/2012 se aprobó la
Contratación Directa N° 9616/SIGAF/2011 en la cual se integró el Contrato de
Locación Administrativa celebrado con la señora Rosana María Vailati (DNI N°
11.987.286) junto con su prórroga aprobada a favor de sus herederas mediante el
Resolución N° 463/APRA/15;
Que, la cláusula octava del contrato se estableció que esta Agencia se obliga al pago
de todas las expensas ordinarias, no incluyendo las extraordinarias bajo ningún
concepto;
Que, las expensas relativas al mes de septiembre del año en curso fueron remitidas
por la Administración a esta Agencia para el inicio de las diligencias tendientes a su
pago; sin embargo, cabe resaltar que al día de la fecha, no se verificó la apertura de la
cuenta por ante el Banco Ciudad de Buenos Aires en donde se posibilite a esta
Agencia el deposito de los créditos aprobados en su favor pese a las intimaciones
cursadas por esta Agencia desde el 12 de marzo del año en curso;
Que, consecuentemente, no habiendo dado cumplimiento con lo emplazado por este
ente autárquico no resulta jurídicamente pocedente imputar intereses por el obrar de
esta Agencia por parte de la administración del consorcio de propietarios Av. Belgrano
1429/31/33;
Que, ello es así dado a que por Ley N° 1774 el Banco de la Ciudad de Buenos Aires
opera como agente financiero del Gobierno de la Ciudad, imperativo que torna inviable
a esta Agencia y a los distintos órganos que componen al Sector Público del Gobierno
a la selección de una entidad bancaria distinta de la que impone la norma transcripta
para el depósito de los créditos atribuídos a este ente...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba