Resolución Nº 493/GCABA/APRA/15

FirmantesVillalonga
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia de protección ambiental
Fecha de la disposición14 de Octubre de 2015

VISTO:

Las Leyes N° 1774 y N° 2.628, los Decretos N° 556/GCBA/10 su modificatorio, N°

509/GCBA/13, la Resolución Conjunta N°

5/SECLYT/14, Resolución N°

68/APRA/2012, la RESOL-2015-100-APRA y la RESOL-2015-463-APRA, el EX-2015-

27794575-MGEYA-DGTALAPRA y,

CONSIDERANDO:

Que por las presentes se propicia dar por aprobadas las expensas ordinarias del local

sito en la calle Belgrano 1429/33 U.F. 2, destinado a oficinas administrativas de

gestión y atención al público de esta Agencia;

Que, al respecto, cuadra señalar que por Resolución N° 68/APRA/2012 se aprobó la

Contratación Directa N° 9616/SIGAF/2011 en la cual se integró el Contrato de

Locación Administrativa celebrado con la señora Rosana María Vailati (DNI N°

11.987.286) junto con su prórroga aprobada a favor de sus herederas mediante el

Resolución N° 463/APRA/15;

Que, la cláusula octava del contrato se estableció que esta Agencia se obliga al pago

de todas las expensas ordinarias, no incluyendo las extraordinarias bajo ningún

concepto;

Que, las expensas relativas al mes de septiembre del año en curso fueron remitidas

por la Administración a esta Agencia para el inicio de las diligencias tendientes a su

pago; sin embargo, cabe resaltar que al día de la fecha, no se verificó la apertura de la

cuenta por ante el Banco Ciudad de Buenos Aires en donde se posibilite a esta

Agencia el deposito de los créditos aprobados en su favor pese a las intimaciones

cursadas por esta Agencia desde el 12 de marzo del año en curso;

Que, consecuentemente, no habiendo dado cumplimiento con lo emplazado por este

ente autárquico no resulta jurídicamente pocedente imputar intereses por el obrar de

esta Agencia por parte de la administración del consorcio de propietarios Av. Belgrano

1429/31/33;

Que, ello es así dado a que por Ley N° 1774 el Banco de la Ciudad de Buenos Aires

opera como agente financiero del Gobierno de la Ciudad, imperativo que torna inviable

a esta Agencia y a los distintos órganos que componen al Sector Público del Gobierno

a la selección de una entidad bancaria distinta de la que impone la norma transcripta

para el depósito de los créditos atribuídos a este ente...

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