Ley N° 1774

FirmantesDe-Estrada-Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición25 de Agosto de 2005

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 1774

AGREGA UN PÁRRAFO A LA LEY N° 1.444 - COMISIÓN DE PRESERVACIÓN, REPARACIÓN, MEJORA Y FINALIZACIÓN DE OBRAS DEL PALACIO LEGISLATIVO

Buenos Aires, 25/08/2005

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Agrégase al artículo 13 de la Ley N° 1.444 el siguiente párrafo:

Las sumas asignadas para los diferentes tipos de obras pueden ser reasignadas entre ellas sin alterar en modo alguno el monto total de la partida presupuestaria aprobada en la presente ley.

Artículo 2°

Comuníquese, etc.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 1.774 (Expediente N° 58.390/05), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 25 de agosto de 2005 ha quedado automáticamente promulgada el día 21 de septiembre de 2005.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR