Resolución Nº 491/GCABA/APRA/16
Firmantes | Filgueira Risso |
Emisor | AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL |
VISTO:
Las Leyes N° 123, N° 2.628, N° 2.214 y N° 3295 (textos consolidados por Ley N°
5.454), los Decretos N° 2020/GCABA/2007, 138/GCBA/08, 222/GCABA/2012, y
37/GCBA/16,las Resoluciones N° 326/APRA/16, N° 399/APRA/16 y 404/APRA/2016,
las Disposiciones N° 117/2012, N° 956/DGET/2014, N° 1606/DGET/2016 y
73/DGET/2016, y el Expediente N° EX-2015-34283200-MGEYA-APRA, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Expediente N° EX N°2015-34283200-MGEYA-APRA, tramitó el
Certificado de Aptitud Ambiental N° 20.091, de fecha 13 de Octubre de 2016, otorgado
por Resolución N° 399-APRA-2016, para las actividades: "Elaboración de bebidas
gaseosas. Laboratorio de control de calidad. Taller de mantenimiento general:
mecánica, refrigeración, carpintería, pintura. Fabricación de productos plásticos por
moldeado o extrusión y oficinas complementarias. Garage comercial e industrial.
Embotellado y llenado de tanques. Lavado de engrase de automotores. Oficina
comercial. Depósito de redistribución de bebidas gaseosas sin alcohol y productos
alimenticios en tránsito. Según normativa vigente: Solicitud de Trámite N° 82.929:
(ClaNAE N° 1554.2)(500035) Elaboración de bebidas gaseosas, excepto soda;
(ClaNAE N° 2520.9)(501.449) Fabricación de productos plásticos por moldeado o
extrusión; (604.010) Oficina comercial; (604.070) Garage comercial; (550.0231)
Depósito de redistribución de bebidas gaseosas sin alcohol y productos alimenticios en
tránsito; (ClaNAE N° 502.99)(502.613) Mantenimiento y reparación del motor n.c.p.;
mecánica integral", que se desarrollan en el establecimiento sito en Av. Amancio
Alcorta N° 3456/3460/3480/3510/3570, Cachi N° 1102/1104, Santo Domingo N° 4187,
Pepirí N° 1455/1459/1461 y Río Cuarto s/N°, Distrito de Zonificación I, para una
superficie cubierta 52.294,71 m2 y superficie del terreno 73.286 m2, bajo la titularidad
de COCA COLA FEMSA de BUENOS AIRES S. A. en cumplimiento con el
procedimiento técnico administrativo establecido en la normativa vigente, Ley N° 123
(texto consolidado por Ley N° 5454), Decreto N° 222/GCABA/2012 y Disposición N°
117/2012;
Que las actividades resultaron categorizadas como de Impacto Ambiental Con
Relevante Efecto, contando con una vigencia de 4 años;
Que por el Expediente N° EX-2015-32928351-MGEYA-APRA se inició la tramitación
correspondiente en cumplimiento con lo establecido en la Ley 2.214 (texto consolidado
por Ley N° 5454), Decreto N° 2020/GCABA/2007 y, en particular, el Anexo V de la
Resolución N° 326/APRA/2013, de la presentación del Plan de Remediación Ambiental
del predio para la zona afectada por la presencia de contaminantes. En relación a ello,
mediante Disposición N° DI-2014/956/DGET de fecha 21 de Agosto de 2014, se otorgó
la autorización a la empresa Coca Cola FEMSA de Buenos Aires...
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