Resolución Nº 48/GCABA/SSTYTRA/16

FirmantesTerrile
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Tránsito y Transporte
Fecha de la disposición21 de Abril de 2016

VISTO:

el Expediente N° EX-2016-09329276- -MGEYA-DGTYTRA, la Ley N° 2148 y sus

modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Expediente mencionado en el Visto, se solicitó una reserva de

espacio de estacionamiento para persona con necesidades especiales en la cercanía

al domicilio particular del interesado, ubicado sobre la calle Suipacha 1210;

Que, tal situación se encuentra contemplada en el Capítulo 7.3 del Código de Tránsito

y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de facilitar el

estacionamiento de su vehículo frente a su vivienda a personas con discapacidades;

Que, en virtud de lo indicado, resulta necesario desafectar el espacio de

estacionamiento medido que actualmente opera en la calle Arenales 896.

Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 4° Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección

General de Planificación de la Movilidad para su conocimiento y comunicación a las

Direcciones Generales de Tránsito y Transporte, de Cuerpo de Agentes de Control de

Tránsito y Seguridad Vial y de Concesiones, a la empresa prestataria del servicio de

control del estacionamiento DAKOTA S.A. y a la Gerencia Operativa de Planeamiento

y Ordenamiento de Tránsito y para su conocimiento, notificación al solicitante y demás

efectos, remítase al Departamento Administrativo. Cumplido, archívese. Terrile

Artículo 1° Déjese sin efecto la modalidad de estacionamiento medido sobre el

espacio ubicado en Arenales 896, en el cual conforme al Capítulo 7.3 del Código de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, queda prohibido

estacionar en lo sucesivo con excepción del vehículo dominio PAA 388 de propiedad

del solicitante domiciliado frente al citado lugar.

Artículo 2° El...

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