Resolución Nº 465/GCABA/MAYEPGC/16
Firmantes | Macchiavelli |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 29 de Marzo de 2016 |
VISTO:
Las Leyes N° 992, N° 1.854, el Decreto N° 424/09, la Resolución N° 238-
MAYEPGC/10, N°
1815-MAYEPGC/14, N° 809-MAYEPGC/2015, N° 32-
MAYEPGC/2016, el Expediente Electrónico N° EX-2016-07953622- -MGEYA-DGREC
y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el visto, tramita la solicitud formulada por la Cooperativa
de Provisión de Servicios para Recuperadores Urbanos "El Álamo" Limitada mediante
la cual requiere la aprobación del "Programa de Operarios para el Centro de Reciclado
de PET" en el marco del "Subproyecto de Operarios y Auxiliares en Plantas de
Clasificación de Residuos", vinculado al "Proyecto Global de Recolección Diferenciada
y Centro Verde";
Que como antecedente del caso, la Ley N° 992 declara Servicio Público a los Servicios
de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y, se prevé la
incorporación de los recuperadores de residuos reciclables al proceso de recolección
diferenciada en el Servicio de Higiene Urbana vigente, así como el cumplimiento de los
objetivos que específicamente la norma enumera;
Que dicha norma creó el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de
Materiales Reciclables (RUR) y el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y
Medianas Empresas (REPyME);
Que, asimismo, la citada Ley dispone la implementación de programas de actuación y
capacitación destinados a todos los inscriptos en el Registro Único Obligatorio
Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR), con el objeto de
proteger la salud, la higiene y la seguridad laboral durante el ejercicio de la actividad,
como así también, promocionar una adecuada planificación de la actividad, con miras
a evitar que su desarrollo redunde en menoscabo de la limpieza e higiene de la
Ciudad;
Que, a su vez, mediante la Ley N° 1.854, de "Gestión integral de residuos sólidos
urbanos - Basura Cero", se estableció como uno de sus objetivos generales el de
desarrollar instrumentos de planificación, inspección y control con participación
efectiva de los recuperadores urbanos, que favorezcan la seguridad, eficacia,
eficiencia y efectividad de las actividades de gestión de los residuos;
Que, en el Capítulo XII de la citada norma, el artículo 43 determina que: "Tendrán
garantizada la prioridad e inclusión en el proceso de recolección y transporte de los
residuos sólidos urbanos secos y en las actividades de los centros de selección, los
...
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