Resolución Nº 462/GCABA/APRA/15

FirmantesVillalonga
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia de protección ambiental
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2015

VISTO:

Las Leyes N° 2.628 y 4.736, los Decretos N° 138/08, 765/10 y 509/13 y el Expediente

Electrónico N° 24506115/DGTALAPRA/15 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la sanción de la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección

Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el

ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad de Buenos Aires,

cuyo objeto es el de proteger la calidad ambiental a través de la planificación,

programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política

Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 138/08 establece que la Agencia, es el organismo con mayor

competencia ambiental y que actúa como autoridad de aplicación de las leyes vigentes

relacionadas con la materia de su competencia y las que en el futuro se sancionen en

el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, en el ejercicio de las facultades conferidas, se promovió un proyecto de Carta de

Intención con la Fundación Reciduca y MGB Soluciones Informáticas, a fin de pautar

acciones en conjunto en el marco de la "Expo Internet LA", evento que se desarrolló en

el predio "La Rural" en el mes en curso;

Que, el documento antes referido, fue suscripto por las partes con firma ológrafa e

incorporado en su respectivo Expediente Electrónico, toda vez que la referida

Fundación y MGB Soluciones Informáticas, carecen de plataforma de Gestión de

Documentos Electrónicos que le permitan validar a los usuarios que utilizan la firma

digital;

Que, por Decreto N° 765/GCBA/10, se instruyó a todos los organismos del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar, del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos (SADE), el módulo "GENERADOR DE

DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO" como medio de creación,

registro y archivo de informes y providencias;

Que, consecuentemente, en cumplimiento a la instrucción impartida por el Poder

Ejecutivo, corresponde ratificar la refrenda ológrafa e insertarla dentro del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos, señalando que la Ley N° 4736, estableció

la eficacia jurídica en la utilización de expedientes electrónicos, documentos

electrónicos, firma electrónica, firma digital, comunicaciones

electrónicas,

notificaciones electrónicas y domicilios electrónicos...

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