Resolución Nº 462/GCABA/APRA/15
Firmantes | Villalonga |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de protección ambiental |
Fecha de la disposición | 21 de Septiembre de 2015 |
VISTO:
Las Leyes N° 2.628 y 4.736, los Decretos N° 138/08, 765/10 y 509/13 y el Expediente
Electrónico N° 24506115/DGTALAPRA/15 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la sanción de la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección
Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el
ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad de Buenos Aires,
cuyo objeto es el de proteger la calidad ambiental a través de la planificación,
programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política
Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 138/08 establece que la Agencia, es el organismo con mayor
competencia ambiental y que actúa como autoridad de aplicación de las leyes vigentes
relacionadas con la materia de su competencia y las que en el futuro se sancionen en
el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, en el ejercicio de las facultades conferidas, se promovió un proyecto de Carta de
Intención con la Fundación Reciduca y MGB Soluciones Informáticas, a fin de pautar
acciones en conjunto en el marco de la "Expo Internet LA", evento que se desarrolló en
el predio "La Rural" en el mes en curso;
Que, el documento antes referido, fue suscripto por las partes con firma ológrafa e
incorporado en su respectivo Expediente Electrónico, toda vez que la referida
Fundación y MGB Soluciones Informáticas, carecen de plataforma de Gestión de
Documentos Electrónicos que le permitan validar a los usuarios que utilizan la firma
digital;
Que, por Decreto N° 765/GCBA/10, se instruyó a todos los organismos del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar, del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos (SADE), el módulo "GENERADOR DE
DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO" como medio de creación,
registro y archivo de informes y providencias;
Que, consecuentemente, en cumplimiento a la instrucción impartida por el Poder
Ejecutivo, corresponde ratificar la refrenda ológrafa e insertarla dentro del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos, señalando que la Ley N° 4736, estableció
la eficacia jurídica en la utilización de expedientes electrónicos, documentos
electrónicos, firma electrónica, firma digital, comunicaciones
electrónicas,
notificaciones electrónicas y domicilios electrónicos...
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