Resolución N° 436/SSREGIC/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 3 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 436/SSREGIC/18
Buenos Aires, 25 de julio de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 30.363.422/2018, por el que se consulta sobre el proyecto de Obra
Nueva a desarrollarse en el predio ubicado en la calle San Martin de Tours Nº
2869/79/81/87/89. (Sección 021-Manzana 099- Parcelas 010c, 009ª, 008ª y 007), y
CONSIDERANDO:
Que los predios en consulta se hallan emplazados en un Distrito APH 3 -"Ámbito
Grand Bourg y Palermo Chico" - Zona 2 (Parágrafo 5.4.12.3), de Zonificación del
Código de Planeamiento Urbano. Cabe aclarar que los predios en cuestión presentan
un Nivel de Protección edilicia General, según Base APH del Sistema de "Parcela
Digital Inteligente" (PDI);
Que la Gerencia Operativa de Supervisión Interpretación Urbana de la Dirección
General de Interpretación Urbanística, mediante Informe Nº 20431717-DGIUR-18,
hace saber que en cuanto al marco normativo, resulta de aplicación lo establecido en
la Ley Nº 2930 "Plan Urbano Ambiental" (BOCBA Nº 3091) en su Artículo 8º "Hábitat y
vivienda", y en su Art. 24º.- Instrumentos Normativos a) Código Urbanístico, el
Art.10.1.4 Proximidad a edificios y lugares declarados monumentos históricos o con
valor patrimonial para la ciudad, el Parágrafo 5.4.12.3 Distrito APH3 - Ámbito Grand
Bourg y Palermo Chico, en el punto 4.1.1.2.1 Normas Particulares por Zona, y los
dispuesto en el Capítulo 4.4 EDIFICIOS DE PERÍMETRO SEMILIBRE;
Que se hace saber que este Organismo dio cumplimiento por IF-2018-7363278-
DGIUR, de fecha 08/03/2018, al ítem 6) del Parágrafo 5.4.12.3, Distrito APH3 - Ámbito
Grand Bourg y Palermo Chico, que establece: " (...) Previamente a la aprobación de
planos de obra, conformación de nuevas parcelas, usos comerciales y demoliciones
en todo el Distrito, el Organismo de Aplicación cursara notificación a las asociaciones
vecinales de la zona para que emitan su opinión en el plazo de 15 días hábiles.".
Ahora bien, habiendo transcurrido el plazo establecido y no habiendo recibido
respuesta alguna, se le da continuidad a la presente actuación;
Que la documentación adjunta consiste en: Nº de Orden 8: relevamiento fotográfico de
los muros medianeros linderos; en Nº de Orden 21: Resolución manzana atípica Nº
2991-DGFOC-88, en Nº de Orden 22: perimetral y ancho de calles; en Nº de Orden 34:
relevamiento altimétrico, confeccionado por agrimensor, de los muros divisorios
linderos; en Nº de Orden 68: Planos del proyecto presentado; en Nº de Orden 69, 70 y
72: imágenes renderizadas de la propuesta; y documentación complementaria
suministrada por Sistema Interno PDI y USIG;
Que se trata del predio que resultaría del englobamiento de las parcelas 010c, 009ª,
008ª y 007, ubicado en una manzana atípica delimitada por las calles San Martin de
Tours, Castex, Coronel Diaz y Av. Del Libertador; según Perimetral y ancho de calles;
Que dicho predio desarrollaría un frente de 47,58m sobre la LO de la calle San Martin
de Tours, 32,74m y 14,37m sobre sus laterales derecho e izquierdo, respectivamente,
y una superficie aproximada de 1.340,24m2, de acuerdo a documentación catastral
obtenida de sistema "Parcela Digital Inteligente" (PDI);
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5428 - 03/08/2018

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