Ley N° 2930

FirmantesSantilli - Pérez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición13 de Noviembre de 2008

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 2930

CONSTITUYE EL PLAN URBANO AMBIENTAL - APRUEBA EL DIAGNÓSTICO DE LA CIUDAD - AMBIENTE - DESARROLLO SUSTENTABLE

Buenos Aires, 13/11/2008

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Sanciona con Fuerza de

Ley:

Artículo 1° La presente Ley constituye el Plan Urbano Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ley marco a la que deberá ajustarse la normativa urbanística y las obras públicas.
Art. 2° Apruébase el Diagnóstico de la Ciudad que diera origen al Plan Urbano que diera origen al Plan Urbano Ambiental que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ley, el que fuera realizado de acuerdo a los Objetivos y COnsignas especificadas en el Artículo 3°, y diera lugar a las Propuestas Territoriales y Propuestas Instrumentales que se desarrollan en la presente Ley.
Art. 3°

OBJETIVOS: El Plan Urbano Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires (PUA) tiene como objetivo constituirse en el soporte del proceso de planeamiento y gestión de la Ciudad, como política de Estado, a partir de la materialización de consensos sociales sobre los rasgos más significativos de la ciudad deseada y la transformación de la ciudad real, tal que dé respuesta acabada al derecho a la Ciudad para todos sus habitantes.

Art. 4° De acuerdo a lo establecido en el Título Segundo, Capítulo Cuarto de la

Constitución de la Ciudad y en la Ley N° 71 este Plan Urbano Ambiental postula que laCiudad de Buenos Aires desarrolle a pleno los siguientes rasgos:

  1. CIUDAD INTEGRADA. En cuanto a la vinculación de todas sus zonas entre sí y, en especial, de la zona sur con el resto de la ciudad, de la ciudad con los ríos que la rodean y de la ciudad con el Conurbano con el que constituye una Área Metropolitana.

  2. CIUDAD POLICÉNTRICA. En cuanto a consolidar la jerarquía de su gran Área

    Central y, simultáneamente, promover una red de centros secundarios, así como de

    centros comunales y barriales con identidad y pujanza propia.

  3. CIUDAD PLURAL. En cuanto a que sea un espacio de vida para todos los sectores sociales, ofreciendo en especial un hábitat digno para los grupos de menor capacidad económica, así como un hábitat accesible para las personas con capacidades

    diferenciales.

  4. CIUDAD SALUDABLE. En cuanto a las condiciones de habitabilidad que garanticen la calidad ambiental y la sostenibilidad, a partir del uso de tecnologías apropiadas en las actividades productivas y en los sistemas de transporte, de provisión adecuada de infraestructura de saneamiento, de la prevención de inundaciones y de la resolución de la gestión de los residuos.

  5. CIUDAD DIVERSA. En cuanto a mantener su pluralidad de actividades

    (residenciales, productivas, culturales) y su pluralidad de formas residenciales (distintas densidades, distintas morfologías), compatibilizando los requerimientos de calidad ambiental de cada una de ellas y enriqueciéndolas con su mutua convivencia.

TÍTULO PRIMERO Artículos 5 a 11

PROPUESTAS TERRITORIALES

Capítulo I Artículo 5

Propuestas de Nivel Metropolitano

Art. 5° Los Lineamientos Estratégicos y las Acciones del Plan Urbano Ambiental

constituyen los instrumentos técnico-políticos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires para la identificación e implementación de las principales estrategias de ordenamiento y mejoramiento territorial y ambiental de la Ciudad de Buenos Aires.

El carácter de centro metropolitano de la Ciudad de Buenos Aires condiciona su

desarrollo y, en dicho sentido, se considera altamente necesario propugnar la

implementación de espacios y formas institucionales de coordinación, con la

concurrencia del gobierno nacional y de los gobiernos de las jurisdicciones

involucradas, mediante la articulación de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos. Sin perjuicio de las incumbencias jurisdiccionales que correspondan, los principales temas que requieren ser considerados a nivel metropolitano son:

  1. En relación con la estructuración y desarrollo urbano de la aglomeración:

    1. La definición de la red circulatoria jerárquica (autopistas, avenidas principales y medios masivos guiados).

    2. Los criterios de extensión y consolidación de la expansión urbana y las

      consecuentes políticas de provisión de infraestructura y equipamientos básicos.

    3. Definición y planes de manejo de los grandes espacios abiertos de escala

      metropolitana (Bosques de Ezeiza, Parque Pereyra Iraola).

    4. Concertar criterios de actuación respecto de grandes fracciones que pudieran ser

      utilizadas para uso público (INTA-Castelar, grandes instalaciones militares, otros).

    5. Políticas de uso de la franja costera del Río de la Plata y del Río Paraná, con

      definición de actividades a preservar, a promover y planes de manejo respectivos.

    6. Política de preservación y desarrollo del Delta Inferior del Paraná, que conjugue

      preservación ambiental, desarrollo productivo y uso recreativo.

  2. En relación con los aspectos de transporte y movilidad:

    1. Conformar un sistema regional de aeropuertos, a partir de las diversas instalaciones públicas y privadas existentes, y con relación a las previsiones del desarrollo del transporte aéreo de personas y cargas y a los criterios de expansión urbana que se adopten.

    2. Conformar un sistema regional de Puertos de Carga, a partir de la identificación y consolidación de los roles diferenciales ya perfilados.

    3. Acordar la constitución de un Puerto de Pasajeros acorde con el desarrollo del

      turismo que proviene por vía marítima y fluvial.

    4. Coordinar políticas de transporte de pasajeros que concurran a una progresiva

      coordinación física, tarifaria y operacional intra e intermodal, que contemple los modos tecnológicos más amigables con el medio y de menor costo social, de acuerdo con los avances tecnológicos y operativos.

    5. Acordar políticas de transporte de cargas que otorguen prioridad a los modos

      ferroviarios y fluviales por sobre los viales y, simultáneamente, definir el sistema de estaciones de ruptura de cargas que facilite la articulación de los diversos modos y medios de transporte.

  3. En relación con las cuestiones ambientales:

    1. Formular políticas consensuadas con respecto a todas las etapas de gestión de los

      residuos domiciliarios (producción, reciclado, recolección, disposición).

    2. Acordar políticas concertadas respecto a los estándares de producción, formas de

      recolección y sistemas de eliminación de los residuos peligrosos y patogénicos.

    3. Compatibilizar normativas sobre estándares de emisiones líquidas y gaseosas de las actividades productivas y consecuentes niveles mínimos de calidad hídrica, sonora y atmosférica.

    4. Compatibilizar normativas y formas de prevención de las actividades que impliquen

      riesgos para la población y el ambiente

    5. Formular políticas de control y seguimiento que permitan que los acuerdos

      anteriormente detallados se concreten efectivamente, y posteriormente se corrijan y

      actualicen con la periodicidad necesaria.

    6. Acordar programas y proyectos conjuntos sobre las cuestiones de necesaria

      concurrencia interjurisdiccional, considerando como caso paradigmático la

      recuperación de la Cuenca Matanza-Riachuelo.

    7. Evaluar y adoptar políticas especiales para las situaciones de riesgo tecnológico

      (Polo Petroquímico, Tomas de Agua, Aeroparque, instalaciones de la CONEA en la Av.

      General Paz, etcétera.).

  4. En relación con los riesgos de anegabilidad:

    Incorporar el criterio de Riesgo Hídrico en la planificación urbana y ambiental de la Ciudad de Buenos Aires, a través de:

    1. La información suministrada por los Mapas de Riesgo Hídrico para redefinir usos,

      tejidos y otras variables urbanas en el marco de la normativa urbanística y ambiental.

    2. La incorporación de las tecnologías adecuadas a efectos de contar con pronósticos y alertas tempranas más ajustadas que los que existen en la actualidad;

    3. El diseño con criterios preventivos de un Plan de Riesgo y Manejo de Contingencias Hídricas.

    4. El tratamiento de los espacios verdes, arbolado urbano y gestión de los residuos

      sólidos con criterios hídricos.

    5. El diseño e implementación de un programa de comunicación y educación hídrica a efectos de incorporar el concepto de riesgo hídrico en la población a fin de lograr

      respuestas positivas antes, durante y después de un evento de inundación.

Capítulo Segundo Artículos 6 a 11

Propuestas específicas para la Ciudad

Art. 6° ESTRUCTURA Y CENTRALIDADES

Es propósito del Plan Urbano Ambiental transformar la estructura radioconvergente y

fuertemente monocéntrica de Buenos Aires en una estructura más reticular y

policéntrica, que atienda tanto a la consolidación del centro actual como a la promoción de centralidades barriales y secundarias en relación a la configuración comunal y a la integración con el AMBA.

A los fines del cumplimiento del propósito enunciado, se establecen los siguientes

lineamientos:

  1. La consolidación del Área Central como centro metropolitano...

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