Resolución Nº 422/GCABA/AGC/15

FirmantesGómez Centurión
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición20 de Julio de 2015

VISTO:

EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 05173130-MGEYA-AGC-2014, Y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente Electrónico citado en el VISTO tramita la solicitud de

habilitación iniciada por la firma Wimmer S.A., respecto del establecimiento emplazado

en la calle Junín N° 1.787, P.B., 1° y 2° Pisos y Azotea de esta Ciudad, para

desarrollar la actividad de "Café, Bar, Restaurante, Cantina, Despacho de Bebidas,

Wisquería y Cervecería";

Que la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, mediante el "Informe de

Rubros Rechazados y Motivos" de fecha 20 de febrero de 2015 obrante en el número

de orden 26, rechazó la solicitud de habilitación de conformidad con lo normado por el

artículo 9°

del Decreto N° 93/06, en razón de no haberse dado cumplimiento al punto 3.

de la observación notificada con fecha 19 de diciembre de 2014, por no adjuntar

documentación que acredite la preexistencia del local, conforme lo dispuesto por el

artículo 1°

de la Disposición N° 1117/GCABA/SJYSU/04, siendo notificado el.

administrado con fecha 20 de febrero de 2015;

Que a través de la presentación obrante en el RE-2015-03278966-AGC bajo el

número de orden 32, efectuada por el Sr. Hernán Pablo Bacca, en su carácter de

apoderado de Wimmer S.A., interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en

subsidio contra el Informe de Rubros Rechazados y Motivos de fecha 20 de febrero de

2015;

Que a través de la Disposición N° 2694/DGHP/15, la Dirección General de

Habilitaciones y Permisos con fecha 22 de mayo de 2015, obrante en el número de

orden 48, desestima el recurso de reconsideración interpuesto contra el referido

Informe de Rubros Rechazados y Motivos que rechazó la solicitud de habilitación,

siendo notificado el interesado con fecha 23 de mayo de 2015;

Que corresponde en esta instancia el tratamiento del recurso jerárquico en subsidio

del recurso de reconsideración en los términos previstos por el artículo 107 y

siguientes del Decreto N° 1.510/97;

Que no obstante la presentación efectuada por el particular a través del RE-2014-

13431813-AGC, el cual luce en el número de orden 22, la Dirección General de

Habilitaciones desestima el recurso de reconsideración interpuesto contra la

denegatoria de la solicitud de habilitación, en razón de considerar que no queda

cumplido el requisito vinculado al punto 3 de la observación notificada con fecha 19 de

diciembre de...

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