Resolución Nº 418/GCABA/MAYEPGC/15

FirmantesCenzón
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición25 de Marzo de 2015

VISTO:

Las Leyes Nros. 992, 1854, 4013, los Decretos Nros. 424/09, 636/10, las Resoluciones

Nros. 971-MAYEPGC/09, 567-MAYEPGC/2012, 978-MAYEPGC/12, 2003-

MAYEPGC/14, 319-MAYEPGC/15, el Expediente Electrónico N° 3777015-DGREC/15,

y

CONSIDERANDO:

Que, por el actuado citado en el Visto, tramita la solicitud efectuada por la Cooperativa

de Trabajo Las Madreselvas Limitada mediante la cual requiere un incremento, por

única vez, del monto del subsidio oportunamente otorgado en el marco del

"Subproyecto de Logística Vehicular para el Servicio de Recolección de Residuos

Sólidos Urbanos Secos", aprobado por Resolución N° 567-MAYEPGC/2012, ampliado

posteriormente por diversos actos administrativos, y prorrogada la vigencia del

subsidio en consideración por todo el año 2015 a través de la Resolución N° 2003-

MAYEPGC/2014;

Que, es dable citar como antecedente del caso, por la Ley N° 992, se declara Servicio

Público a los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y,

se prevé la incorporación de los recuperadores de residuos reciclables al proceso de

recolección diferenciada en el Servicio de Higiene Urbana vigente, así como el

cumplimiento de los objetivos que específicamente la norma enumera;

Que, en el particular, dicha norma creó el Registro Único Obligatorio Permanente de

Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y el Registro Permanente de

Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME);

Que, asimismo, la citada Ley dispone la implementación de programas de actuación y

capacitación destinados a todos los inscriptos en el Registro Único Obligatorio

Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR), con el objeto de

proteger la salud, la higiene y la seguridad laboral durante el ejercicio de la actividad,

como así también, promocionar una adecuada planificación de la actividad, con miras

a evitar que su desarrollo redunde en menoscabo de la limpieza e higiene de la

Ciudad;

Que, a su vez, mediante la Ley N° 1854, de "Gestión integral de residuos sólidos

urbanos - Basura Cero", se estableció como uno de sus objetivos generales el de

desarrollar instrumentos de planificación, inspección y control con participación

efectiva de los recuperadores urbanos, que favorezcan la seguridad, eficacia,

eficiencia y efectividad de las actividades de gestión de los residuos;

Que, en el Capítulo XII de la citada norma, el artículo 43 determina que: "Tendrán

garantizada la prioridad e inclusión en el proceso de recolección y transporte de los

residuos sólidos urbanos secos y en las...

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