Resolución N° 77/2013

Fecha de disposición28 Enero 2013
Fecha de publicación01 Febrero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 28/1/2013

VISTO el Expediente N° 219/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Actuaciones N° 007892, 007893 y 007894-AFSCA/12, el Presidente de QM NOTICIAS S.A., titular de la señal “QM NOTICIAS”, de la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires, solicitó la inclusión de la misma en los servicios de comunicación audiovisual por suscripción de todo el país.

Que, con posterioridad, a través de Actuación N° 024216-AFSCA/12, solicitó que esta Autoridad Federal “...disponga por resolución la inclusión de la señal QM Noticias en la grilla de todos los sistemas de televisión por suscripción de recepción fija que presten servicios en el territorio de la provincia de Buenos Aires”.

Que, asimismo, manifestó que “Qm Noticias es una señal de noticias que prioritariamente enfoca la realidad bonaerense ... dada la trascendencia económica, social y política que tiene el denominado primer estado argentino...”.

Que la Dirección de Administración de Registros Públicos informó que la señal “QM NOTICIAS”, se encuentra debidamente inscripta en el Registro Público de Señales y Productoras, de conformidad con lo normado por Decreto N° 904/10.

Que el artículo 1 de la Ley N° 26.522 prevé que el objeto de la norma es “el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación”.

Que la solicitud de la señal QM Noticias se enmarca en lo previsto por el artículo 2 de la Ley 26.522 de promover la diversidad y la universalidad en el acceso y la participación, implicando ello igualdad de oportunidades de todos los habitantes para acceder a los beneficios de su prestación.

Que la señal QM, por ser una señal prioritariamente bonaerense, cumple con los objetivos previstos por el artículo 3 de la Ley N° 26.522, la promoción del federalismo (inciso b) y la difusión del patrimonio cultural y la diversidad de todas las regiones y culturas que integran la Nación (inciso k).

Que el artículo 65, inciso 3.b) de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, establece que los servicios de televisión por suscripción de recepción “Deberán ordenar su grilla de programación de forma tal que todas las señales correspondientes al mismo género se encuentren ubicadas en forma correlativa y ordenar...

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