Resolución N° 13/GCABA/SSCGEST/08

FirmantesMacchiavelli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Control de Gestión
Fecha de la disposición27 de Junio de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE CONTROL DE GESTIÓN

RESOLUCIÓN N° 13/ GCABA/ SSCGEST/ 08

SE DETERMINA QUE LAS SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA PODRÁN PRESENTARSE EN DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADA, SALIDAS Y ARCHIVO - MESA DE ENTRADAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIÓN CON ORGANISMOS DE CONTROL, TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN - CENTROS DE PARTCIPACIÓN COMUNAL - CGPC - ACCESO A LA INFORMACIÓN

Buenos Aires, 27/06/2008

Visto la Ley N° 104, el Decreto N° 1361/07, la Resolución N° 142/SECLYT/07 y la Resolución N° 3/SSONYAI/07, Decreto 2075/08 y;

CONSIDERANDO:

Que la ley N° 104 y las normas que la reglamentan, resguardan el derecho de toda persona a solicitar y recibir información, de conformidad con el principio de publicidad de los actos de gobierno (Art. 12 Inciso 2° Constitución de la Ciudad);

Que el Decreto 2075/07, establece que esta Subsecretaría de Control de Gestión tiene, dentro de sus funciones primarias, coordinar las políticas tendientes a lograr el libre acceso a la información, transparente, actualizada y oportuna, sobre características, normativa y dotación de las estructuras organizativas del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que con el fin de optimizar el circuito interno para un mejor seguimiento de los pedidos de información que ingresen en el ámbito de la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires, es necesario determinar expresamente los lugares de ingreso de las solicitudes de información al Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE CONTROL

DE GESTIÓN DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°

Determínese que a partir del 19 de Agosto del corriente año, el ingreso de las solicitudes de información pública en el marco de la Ley N° 104 deberán hacerse, exclusivamente, en las dependencias que se mencionan a continuación, y cuyas direcciones figuran en el Anexo I de la presente Resolución: Mesa General de Entrada, Salidas y Archivo; Mesa de Entradas de la Dirección General de Relación con Organismos de Control...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR