Resolución Nº 30/12

Provincia de Buenos Aires.

AGENCIA DE RECAUDACIÓN.

DIRECCIÓN EJECUTIVA.

Resolución Nº 30/12.

La Plata, 30 de julio de 2012.

VISTO que por expediente N° 22700-19968/12, se propicia extender la vigencia del régimen de regularización dispuesto por la Resolución Normativa Nº 14/12, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Normativa referenciada se instituyó un régimen para la regularización de deudas de los contribuyentes, provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, sometida a proceso de fiscalización, de determinación, o en discusión administrativa, aún las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas;

Que en esta oportunidad, razones de administración tributaria llevan a estimar conveniente extender la vigencia del mismo;

Que, paralelamente, en pos de lograr una mayor eficacia recaudatoria para aquellos supuestos de medidas cautelares trabadas, se entiende procedente ajustar los porcentajes de deuda cuyo pago se exigirá en cada caso;

Que han tomado debida intervención la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación, y sus dependencias;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas en la Ley N° 13.766;

Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Extender, hasta el 31 de diciembre de 2012, la vigencia del régimen para la regularización de deudas de los contribuyentes, provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, sometida a proceso de fiscalización, de determinación, o en discusión administrativa, aún las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas, establecido en la Resolución Normativa N° 14/12, con las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR