Resolución Nº 383/GCABA/MHYDHGC/16

VISTO:

La ley N° 5460, la Ley 2095 modificada por Ley N° 4764 (Texto consolidado Ley N°

5454), el Decreto 363/15 y su modificatorio Decreto N° 141/16, el Decreto N° 95/14 y

las Resoluciones N° 725-MDSGC -08 y 1613- MDSGC-12, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley 5460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires creándose el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, y por

Decreto N° 363/15 y su Decreto modificatorio N° 141/16, se aprobó la estructura

orgánica funcional del Poder Ejecutivo del mencionado Gobierno;

Que el articulo 107 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad N° 2095 y su

ley modificatoria N° 4764 (Texto consolidado por Ley N° 5454), establece que la

evaluación de las ofertas estará a cargo de la Comisión Evaluadora de Ofertas que se

constituirá en las Unidades Operativas de Adquisiciones de cada jurisdicción;

Que asimismo agrega que su intergración es determinada por el nivel de funcionario

competente para emitir el acto administrativo de autorización del llamado;

Que el Decreto N° 95/14 reglamentario de la Ley de Compras y Contrataciones,

establece que dicha Comisión se integra como mínimo por tres (3) miembros;

Que el referido artículo refiere a que en las contrataciones para cuya apreciación se

requieran conocimientos técnicos o especializados, la comisión deberá estar integrada

además por un técnico;

Que por Resolución N° 1613-MDSGC-2012 se designaron los integrantes de la

comisión Evaluadora de Ofertas de dicha Unidad Operativa de Adquisiciones del

entonces Ministerio de Desarrollo Social;

Que por razones operativas y en virtud del cambio operado con la sanción de la Ley

de Ministerios N° 5460, resulta necesario el dictado de un acto administrativo a los

fines de reemplazar a dos de los miembros oportunamente designados, Lozada María

Alejandra (F.C. 439.475) y Beltrán Aravena, Sebastian (F.C. 395.563), incorporando

en consecuencia a otros integrantes, y manteniendo en sus funciones a los que sí

continúan siendo miembros;

Que los agentes Romé Adrián Martín y Sergio Félix Bustos, resultan poseer la

idoneidad necesaria para realizar las funciones en cuestión;

Que en ultima...

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