Resolución Nº 3794/GCABA/MHGC/17

FirmantesMura
EmisorMinisterio de Hacienda

VISTO:

La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 684/09 y

modificatorios, las Resoluciones N° 2822/MHGC/16 y N° 2199/MHGC/17 y el

Expediente Electrónico N° 15.605.737/DGDSCIV/17, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones tramita el concurso público abierto de antecedentes

y oposición convocado a través de la Resolución N° 2199/MHGC/17 para seleccionar

al titular de la Gerencia Operativa Administración de la Deuda Pública, dependiente de

la Dirección General Crédito Público, de la Subsecretaría de Finanzas, del Ministerio

de Hacienda;

Que esta Jurisdicción solicitó oportunamente la referida convocatoria;

Que el artículo 39 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666) establece que

"El Poder Ejecutivo reglamentará un régimen gerencial para los cargos más altos de la

Administración Pública", determinando que los mismos serán cubiertos "por riguroso

concurso público abierto de antecedentes y oposición";

Que por Decreto N° 684/09 y normas modificatorias se aprueba el Régimen Gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 9° del Decreto N° 684/09 delega "en cada Ministro y/o en los

Secretarios del Jefe de Gobierno el nombramiento del personal de su jurisdicción que

resulte seleccionado para la cobertura de los cargos gerenciales, conforme al

procedimiento de concursos...;

Que el Decreto N° 571/11, modificatorio de su similar N° 684/09, encomendó a la

entonces Secretaría de Recursos Humanos "la reglamentación que resulte necesaria

para la implementación de los concursos" del referido régimen gerencial (conf. art. 2°);

Que por la Resolución N° 2822/MHGC/16 se aprobaron las disposiciones generales y

el procedimiento de selección aplicables a los cargos del Régimen Gerencial para la

Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 11° del Capítulo III del Título Segundo del Anexo II de la Resolución

antes citada establece que los miembros titulares y suplentes del Comité de Selección

serán seleccionados y designados en el correspondiente acto de convocatoria por el

Ministro de Hacienda;

Que el art. 47° del Título Décimo del Anexo II de esa misma norma, establece que "El

Vicejefe de Gobierno, los Ministros, los Secretarios con dependencia directa al Jefe de

Gobierno y/o la máxima...

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