Resolución Nº 293/2012

Fecha de disposición07 Marzo 2012
Fecha de publicación27 Marzo 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 7/3/2012

VISTO el Expediente Nº 1.490.197/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nº 14.250 (t.o. 2004) y Nº 24.013, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se presentan la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA.), la ASOCIACION EMPRESARIA HOTELERO GASTRONOMICA BARILOCHE y la ASOCIACION DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA en relación a la solicitud de homologación del Acuerdo y su Acta Complementaria obrantes a fojas 3/7 y 11/13, ratificados a fojas 2 y 17 y a fojas 10 y 17, respectivamente.

Que dicho Acuerdo y Acta Complementaria son realizados en el marco de la crisis producida en la Ciudad de San Carlos de Bariloche a causa de la erupción del Volcán Puyehue situado en la República de Chile, la cual afecta entre otras, la actividad representada por sus signatarios.

Que en tal sentido, los textos de marras vienen a complementar el Acuerdo homologado mediante la Resolución S.T. Nº 803 de fecha 25 de julio de 2011.

Que en ese marco, las partes convienen con carácter excepcional y transitorio, condiciones laborales y económicas especiales, entre otras medidas, con la finalidad de preservar los puestos de trabajo existentes como así también la paz social.

Que atento a lo expuesto, las circunstancias suscitadas en la actividad en el Departamento de Bariloche, Provincia de RIO NEGRO, resultan comprendidas en la situación prevista en el Capítulo 5 de la Ley Nº 24.013 de “Reestructuración Productiva”.

Que cabe señalar que a foja 19 de autos la FEDERACION EMPRESARIA HOTELERA GASTRONOMICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA hs procedido a ratificar el Acuerdo y Acta Complementaria en cuestión.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que los sectores intervinientes poseen acreditada la representación que invocan ante esta Cartera de Estado y ratifican el Acuerdo y su Acta Complementaria en todos sus términos.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del Acuerdo obrante a fojas 3/7, de su Acta Complementaria de fojas 11/13 y de la ratificación efectuada a foja 19 de autos.

Que el instrumento cuya homologación se dispone será como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis ha tomado la intervención, que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta, para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo y su Acta Complementaria celebrados entre la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA), la ASOCIACION EMPRESARIA HOTELERO GASTRONOMICA BARILOCHE y la ASOCIACION DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrantes a fojas 3/7 y 11/13 del Expediente Nº 1.490.197/12, ratificados a fojas 2 y 17, y a fojas 10 y 17, respectivamente, y el Acta de ratificación de la FEDERACION EMPRESARIA HOTELERA GASTRONOMICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA obrante a foja 19 del Expediente Nº 1.490.197/12.

ARTICULO 2º

— Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento de Coordinación registre el Acuerdo, su Acta Complementaria y el Acta de ratificación citados, obrantes a fojas 3/7, 11/13 y 19 del Expediente Nº 1.490.197/12.

ARTICULO 3º

— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º

— Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo, de su Acta Complementaria, del Acta de ratificación y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

— Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el artículo 1º de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.

ARTICULO 7º

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.490.197/12

Buenos Aires, 9 de marzo de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 293/12, se ha tomado razón del acuerdo, su acta complementaria y el acta de ratificación obrantes a fojas 3/7, 13 y 19 del expediente de referencia, quedando registrados bajo el número 264/12. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.

CONVENIO COMPLEMENTARIO ACUERDO CRISIS JUNIO 2011

En la ciudad de San Carlos de Bariloche, a los 23 días del mes de diciembre de 2011, en el ámbito de la Delegación Zonal de Trabajo y con la presencia del Sr. Director de Trabajo de la Provincia de Río Negro, Don ENRIQUE MOLINA y el Sr. Delegado Zonal de Trabajo, DON JUAN PABLO LASTRA, que en su carácter de tales, han convocado a las partes que más abajo se detallan, por los motivos que ut infra se exponen, concurriendo por el sector empresario, la ASOCIACION EMPRESARIA HOTELERO GASTRONOMICA DE BARILOCHE, con domicilio en calle San Martín 127, EP de esta Ciudad, representada en este acto por su Presidente, DON RUBEN KODJAIAN y su Secretario, DON OMAR GUERRA, todos suficientemente facultados y autorizados para celebrar el presente acto; la ASOCIACION DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, representada en este acto por los Sra. ELIZABETH GALDO, en carácter de Presidente de la Institución respectivamente, haciendo expresa mención que lo hacen “ad referendum” de la aceptación posterior que cada uno de los afiliados de la AHT realicen sobre los términos del presente convenio, ello en virtud de que la AHT carece de legitimidad para representar a los afiliados de esa institución en esta instancia, circunstancia que reconoce y acepta la representación Sindical; y la UNION DE TRABAJADORES HOTELEROS GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, seccional Bariloche, representada en este acto por la Sra. ROSA NEGRON, en carácter de Secretaria General de la misma, el Sr. OVIDIO ZUÑIGA, en carácter de Secretario Gremial y el Sr. NELSON RASINI en carácter de Secretario de Prensa, con domicilio en calle Yatasto 928 de esta ciudad, quienes han sido facultados expresamente para celebrar este acto por las autoridades Nacionales. Las partes integrantes del presente y arriba mencionadas, ante la persistencia de las condiciones que originara el evento natural por la erupción del volcán Puyehue Cordón del caulle, y consecuentemente la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR