Resolución N 21/GCABA/SSJUS/12
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Justicia |
Fecha de la disposición | 31 de Enero de 2012 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA
RESOLUCIÓN N 21/GCABA/SSJUS/12SE DECLARA VACANTE EL REGISTRO NOTARIAL N° 1458
Buenos Aires, 31 de enero de 2012
RESOLUCIÓN N.° 21/SSJUS/12
Buenos Aires, 31 de enero de 2012
VISTO:
La Ley Orgánica Notarial N° 404, su Decreto reglamentario N° 1.624/00, la Ley N° 4.013, sus modificatorias y complementarias, los Decretos N° 660/11 y N° 23/12, y el expediente N° 2.027.979/2011, y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el visto, tramita la nota remitida por el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, de fecha 4 de noviembre de 2.011, por la que comunica a este Poder Ejecutivo el fallecimiento de la escribana Etelvina Lidia Carini de Rizzo, matrícula N° 3.526;
Que, a fs. 2, obra copia del certificado de defunción de la escribana Etelvina Lidia Carini de Rizzo, expedido por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires informa, a fs. 1, que los protocolos y demás documentación de la escribana Etelvina Lidia Carini de Rizzo se encuentran en el Área de Incautación y Depósitos de Protocolos del Archivo de Protocolos Notariales de dicha Institución;
Que el artículo 40 de la Ley Orgánica Notarial N° 404, establece que la vacancia de un registro se produce, entre otros motivos, por la muerte de su titular;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso y que no se han encontrado objeciones que formular a lo solicitado;
Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución;
Que la Ley N° 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;
Que por la Ley 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, mediante el Decreto N° 660/11, se aprobó la...
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