Resolución n° 16/2005

EmisorFondo Transformacion
Fecha de la disposición26 de Junio de 0007

RESOLUCIÓN Nº 16/2005

Mendoza, 2 de agosto de 2.005

Asunto: Autorización de Refinanciación a Tomadores de Créditos para Proyectos de Inversión Privada otorgados por la Administradora en dólares estadounidenses comprendidos en el Régimen de Emergencia Económica. Modificación Art. 7º Resolución Nº 50/2004.

Visto: La Ley Nº 25.561 (t.o. Ley Nº 25.820), el Decreto Nacional Nº 214//02, Ley Nº 25.713 y demás normas complementarias y reglamentarias denominada "Normativa de la Emergencia Económica";

La Resolución Nº 50/2004 de la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento de Mendoza, y;

CONSIDERANDO:

Que por la normativa de la Emergencia Económica citada se dispuso la conversión a pesos de las obligaciones de dar sumas de dinero de cualquier causa y origen, expresadas en dólares estadounidenses o en otras monedas extranjeras, existentes a la sanción de la Ley Nº 25.561 a razón de un dólar estadounidense igual a un peso, resultando aplicable la normativa relativa al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) o el Coeficiente de Variación de Salarios (CVS), o el que en el futuro los reemplazara, según fuera el caso (Decreto PEN 214/2.002);

Que los préstamos otorgados por esta Administradora para proyectos de inversión privada en moneda dólares estadounidenses desembolsados total o parcialmente hasta la fecha de la declaración de Emergencia (entrada en vigencia de la Ley 25.561 (B.O. 07/01/2.002) han quedado comprendidos en las normas mencionadas, siendo aplicable el Coeficiente de Estabilización de Referencia (Art. 4º y 8º Dec. 214/2002);

Que, no siendo esta Administradora una Entidad Financiera, no se encuentra obligada a seguir los lineamientos metodológicos dispuestos por el Banco Central de la República Argentina ni las previsiones de la Ley Nº 25.713 relativas y aplicables a las entidades comprendidas por la Ley 21.526 (Ley de Entidades Financieras), pudiendo disponer la metodología que considere más conveniente a sus intereses y a los intereses de los deudores comprendidos en la normativa de la Emergencia, a fin de proveer alternativas eficientes que permitan superar los efectos disvaliosos ocasionados por la Emergencia declarada;

Que, con la intención de reglamentar en el aspecto interno y de implementar un sistema de cobro a fin de que la Administradora aplicara y percibiera el ajuste por aplicación del CER, la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento dictó la Resolución Nº 50/2.004, disponiendo que los deudores por saldos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR