Resolución N° 293/GCABA/MMAGC/07
Firmantes | Vensentini |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Ministerio de Medio Ambiente |
Fecha de la disposición | 30 de Marzo de 2007 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
RESOLUCIÓN N° 293/ GCABA/ MMAGC/ 07
AMPLÍAN LOS ÍNDICES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS DOMICILIARIOS DE LAS ZONAS 4 Y 6 DE LA CABA EN LOS TÉRMINOS DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES DE LA LICTACIÓN PÚBLICA 6-03 - APRUEBA MONTOS TOTALES MENSUALES DEL SERVICIO PÚBLICO DE HIGIENE URBANA
Buenos Aires, 30/03/2007
Visto los Decretos Nros. 1.838/03, 1.390/04, 152/07 y 189/07, el Expediente N° 20.125/07, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto N° 1.838/03 se aprobó el pliego de bases y condiciones generales y particulares y se dispuso el llamado a la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/03 para contratar el servicio público de higiene urbana para cinco (5) zonas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, posteriormente mediante el Decreto N° 1.390/04 se aprobaron las adjudicaciones derivadas de la realización del mentado proceso licitatorio;
Que, en este sentido cabe recordar, que de conformidad con los términos del decreto citado en el considerando precedente, se procedió a adjudicar el servicio público de higiene urbana a los siguientes oferentes Zona 1: CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.; Zona 2: Aesa Aseo y Ecología S.A. - Fomento de Construcciones y Contratas S.A. (UTE); Zona 3: Transportes Olivos S.A.C.I y F.- Ashira S.A. (UTE); Zona 4: Ecohábitat S.A. - Emepa S.A. (UTE); y Zona 6: Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.I.C. y F.-Martín y Martín S.A. (UTE), por los montos y plazos consignados en la citada normativa;
Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el art. 53 del pliego de bases y condiciones generales y particulares, aprobado por el Decreto N° 1.838/03, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de disminuir o incrementar los servicios adjudicados hasta un diez por ciento (10%) del total adjudicado en las condiciones y precios pactados de conformidad con las previsiones contenidas en el Decreto N° 5.720-PEN/72;
Que, en este sentido, el artículo antes citado dispone que las referidas ampliaciones y disminuciones deben ser aprobadas por el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, con fecha 22 y 26 de enero de 2007 respectivamente se dictaron los Decretos Nros. 152/07 y 189/07, por los cuales, se delegó en el Ministerio de Medio Ambiente la facultad de disponer incrementos o disminuciones de hasta un diez por ciento (10 %) del total contractual en el servicio público de higiene urbana en las Zonas 4 y 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, es dable advertir, que a fin de...
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