Resolución N° 319/GCABA/SSDH/05

FirmantesAlegre
Jefe de GobiernoJorge Telerman (a Cargo)
EmisorSubsecretaría de Derechos Humanos
Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

RESOLUCIÓN N° 319/ GCABA/ SSDH/ 05

OTORGA SUBSIDIOS A FEDERICO BALDES Y JUAN MANUEL GARCÍA - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNON - CROMAÑÓN - DECRETO 692-05

Buenos Aires, 26/12/2005

Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05, 54-SSDH/05 y los Registros N° 3.110-SSDH/05 y 3.823-SSDH/05, ambos de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, y

CONSIDERANDO:

Que en los registros señalados en el visto tramitan las solicitudes presentadas por personas que requieren el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;

Que de la documentación obrante en esta Subsecretaría y en los registros de la Secretaría de Desarrollo Social surge que los solicitantes se encuentran en la situación descripta en el art. 5° del decreto antes mencionado;

Que los presentes requerimientos fueron efectuados con posterioridad al plazo dispuesto por el Decreto N° 692/05;

Que, por lo expuesto, teniendo en cuenta el espíritu de la norma, las particularidades de los casos en cuestión y resultando atendibles las circunstancias alegadas por los solicitantes, esta Subsecretaría resuelve otorgar excepcionalmente a las personas detalladas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente, el subsidio establecido en el art. 5° del decreto aplicable;

Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto N° 692/05;

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1°

Otórgase a las personas detalladas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución, el subsidio previsto en el artículo 5° del Decreto N° 692/05, de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, por la suma de pesos seiscientos ($ 600).

Artículo 2°

Autorízase a la Dirección General de Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por el monto consignado en el Anexo I.

Artículo 3°

El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N°...

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