Decreto N° 692/05
Firmantes | Ibarra - Albamonte - Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 27 de Mayo de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 692/ 05
CREA UN SUBSIDIO ÚNICO Y ESPECIAL PARA LAS VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - AYUDA ECONÓMICA - LOCAL BAILABLE REPÚBLICA CROMAGNON - CROMAÑÓN - VÍCTIMAS - SOBREVIVIENTES - FAMILIARES - HIJOS MENORES DE 21 AÑOS - CÓNYUGE O CONVIVIENTE - HIJOS MAYORES DE 21 AÑOS - EMANCIPADOS - PADRES - PADRE - MADRE - AFECCIONES - ENFERMEDADES - SALUD - TRATAMIENTO MÉDICO Y-O PSICOLÓGICO - CUOTAS - MENSUALES - SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
Buenos Aires, 27/05/2005
Visto el Decreto N° 67/05 y el Expediente N° 17.354/05; y
CONSIDERANDO:
Que el decreto citado estableció las pautas de organización del Programa de Atención Integral a las Víctimas del 30 de diciembre de 2004 y dispuso que la Subsecretaría de Derechos Humanos, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, coordinara las acciones de las distintas áreas del Gobierno de la Ciudad involucradas en la implementación del Programa;
Que mediante el decreto mencionado, este gobierno procuró paliar las consecuencias inmediatas derivadas del siniestro acontecido en el local bailable República Cromagnon;
Que el referido suceso, ocurrido el 30 de diciembre de 2004, constituye una tragedia inédita en la Ciudad de Buenos Aires por la cantidad de personas afectadas y el impacto social que produjo, acontecimiento sin precedentes y de carácter colectivo;
Que, una vez superada la emergencia y a los fines de coadyuvar en el proceso de recuperación integral de las personas afectadas por los hechos ocurridos en el local República de Cromagnon, resulta necesario implementar una segunda etapa en las acciones de asistencia a través de los recursos disponibles en las diferentes áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que resulta oportuno, en el marco de las referidas acciones, brindar ayuda material directa, de carácter excepcional, a las víctimas que en la actualidad se encuentran en situación de vulnerabilidad, entendida ésta como el desequilibrio e indefensión que experimentan los individuos en sus condiciones de vida como consecuencia del impacto provocado por algún evento traumático y que les impide continuar o retomar sus tareas habituales;
Que, entre la población afectada, debe considerarse que aquellos que sufrieron la pérdida de un familiar...
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