Resolución N° 4419/GCABA/DGR/05

FirmantesOtero
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorDirección General de Rentas
Fecha de la disposición 2 de Noviembre de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN N° 4419/ GCABA/ DGR/ 05

DISPONE EL CESE DE ACTIVIDADES EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS, RÉGIMEN SIMPLIFICADO, DE AQUELLOS CONTRIBUYENTES ALCANZADOS POR EL ARTÍCULO 1° DEL DECRETO N° 948-05

Buenos Aires, 02/11/2005

Visto los términos del Decreto N° 948/05 (B.O. N° 2238) y,

CONSIDERANDO:

Que por la citada norma legal el personal contratado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo la modalidad de Contrato de Locación de Servicios, será adecuado al régimen que establece la primera parte del artículo 39 de la Ley N° 471;

Que cada uno de los agentes a los que se les modificará su situación contractual, son sujetos del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos;

Que como contribuyentes del impuesto antes señalado les hubiera correspondido estar inscriptos según las condiciones establecidas por el régimen simplificado;

Que en virtud del cese de su actividad provocada por la modificación que se producirá en su situación contractual, correspondería que cada uno de ellos denuncie tal circunstancia ante la Dirección General de Rentas;

Que tal circunstancia generaría un elevado dispendio en la tramitación administrativa, cuando por su condición de sujeto activo del impuesto y de empleador, el Gobierno de la Ciudad tiene pleno conocimiento de los responsables que dejarán de tributar el gravamen;

Que la Dirección General de Recursos Humanos proveerá la nómina del personal involucrado en la modificación contractual;

Que corresponde entonces dictar el acto administrativo, de carácter general y de oficio, disponiendo el cese de actividades definitivo o provisorio, según corresponda, en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingreso Brutos de los agentes contratados;

Por ello, de conformidad con el artículo 217 del Código Fiscal (t.o. 2005),

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1°

Dispónese el cese de actividades definitivo en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, régimen simplificado de aquellos contribuyentes, siempre que no registraren deuda por el referido impuesto al 31 de octubre de 2005, incluidos en la nómina provista por la Dirección General de Recursos Humanos en virtud de los términos del artículo 1° del Decreto N° 948/05.

Artículo 2°

Dispónese el cese de actividades provisorio de aquellos...

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