Decreto N° 948/05

FirmantesIbarra - Albamonte - Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición24 de Junio de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 948/ 05

ADECUA CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS AL RÉGIMEN DEL ART. 39 DE LA LEY N° 471 - RÉGIMEN DE TRABAJADORES POR TIEMPO DETERMINADO - PRESTACIÓN DE SERVICIOS - PERSONAL TRANSITORIO - PERSONAL PLANTA DE GABINETE - EMPLEO PÚBLICO.

Buenos Aires, 24/06/2005

Visto la Ley N° 471 (B.O. N° 1026), el Decreto N° 2.138-GCABA/01 (B.O. N° 1355) y modificatorios, los Decretos N° 986-GCABA/04 (B.O. N° 1953) y N° 583-GCABA/05 (B.O. N° 2187), el Expediente N° 33.560/05, y;

CONSIDERANDO:

Que la primera parte del artículo 39 de la Ley N° 471 establece que "El régimen de trabajadores por tiempo determinado comprende exclusivamente la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual, no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y que no puedan ser cubiertos por personal de planta permanente";

Que por el Decreto N° 2.138-GCABA/01 y modificatorios se estableció el régimen relativo a las contrataciones de personas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, obteniéndose así un mecanismo descentralizado para la celebración de dichos contratos en cada jurisdicción;

Que por Decreto N° 986-GCABA/04 se aprobó el "Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", que reglamenta los artículos 32, 33 y 35 de la Ley N° 471, de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad;

Que por Decreto N° 583-GCABA/05 se ampliaron los términos de la mencionada norma y se puso en funcionamiento un sistema de carrera administrativa que valoriza el desempeño de los agentes del Gobierno, mejorando su situación salarial e incentivando su profesionalización en el desarrollo de las competencias asignadas;

Que la recomposición salarial que este Gobierno ha encarado a partir de la implementación de la citada carrera administrativa respecto de la totalidad de sus agentes, tiene su correlato en las obligaciones que en cabeza de los mismos contiene la normativa en resguardo de los intereses del Estado;

Que resulta necesario, por tanto, a fin de equilibrar las responsabilidades administrativas que asumen la totalidad de las personas que prestan servicios en la Administración, efectuar una novación de aquellos contratos de locación de servicios...

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