Resolución N° 285/GCABA/SSDH/05
Firmantes | Alegre |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Subsecretaría de Derechos Humanos |
Fecha de la disposición | 2 de Noviembre de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
RESOLUCIÓN N° 285/ GCABA/ SSDH/ 05
OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - DIVERSAS PERSONAS - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNON - CROMAÑÓN - DECRETO 692-05
Buenos Aires, 02/11/2005
Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05 y 54-SSDH/05, el Registro N° 3.591-SSDH/05 de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete y el Registro N° 28.258-MGEyA/05 de la Mesa General de Entrada, Salida y Archivo; y,
CONSIDERANDO:
Que en los registros señalados en el visto tramitan las solicitudes presentadas por personas que en representación de sus hijos menores, requieren el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;
Que de la documentación obrante en esta Subsecretaría y en los registros de la Secretaría de Desarrollo Social surge que los hijos menores de los solicitantes se encuentran en la situación descripta en el art. 5° del decreto antes mencionado, acreditando asimismo el vínculo con los mismos;
Que los presentes requerimientos fueron efectuados con posterioridad al plazo dispuesto por el Decreto N° 692/05;
Que, por lo expuesto, teniendo en cuenta el espíritu de la norma, las particularidades de los casos en cuestión y resultando atendibles las circunstancias alegadas por los solicitantes, esta Subsecretaría resuelve otorgar excepcionalmente a las personas detalladas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente, el subsidio establecido en el art. 5° del decreto aplicable;
Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto N° 692/05;
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Otórgase a las personas detalladas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución y en representación de sus hijos menores, el subsidio previsto en el artículo 5° del Decreto N° 692/05, de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, por la suma de pesos seiscientos ($ 600).
Autorízase a la Dirección General Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por el monto consignado en el Anexo I.
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