Resolución N° 87/GCABA/SSMA/05

FirmantesVensentini
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Subsecretaría de Medio Ambiente
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN N° 87/ GCABA/ SSMA/ 05

SIN VIGENCIA - SE DISPONE LA CLAUSURA DEL LOCAL DE LA CALLE RONDEAU 3274 - EMPRESA INVERSIONES Y COMERCIO EXTERIOR SA - SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES - OFICINA COMERCIAL - EDICIÓN DE LIBROS - AA123

Buenos Aires, 20/09/2005

Visto la Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 123, el Decreto N° 1.352/02 y sus modificatorios, el Expediente N° 65.310/02 y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Nacional dispone en su artículo 41, que: Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho...;

Que, en este sentido la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 26 establece, que: El ambiente es patrimonio común. Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras. Toda actividad que suponga en forma actual o inminente un daño al ambiente debe cesar. El daño ambiental conlleva prioritariamente la obligación de recomponer.;

Que, asimismo, el artículo 30 de la Constitución local, resuelve la obligatoriedad de la evaluación previa del impacto ambiental de todo emprendimiento público o privado susceptible de relevante efecto y su discusión en audiencia pública.;

Que, presentes actuaciones han sido incoadas ante la Dirección General de Política y Evaluación Ambiental por el Sr. Jorge Hernando, en su calidad de titular responsable de la empresa Inversiones y Comercio Exterior S.A., junto con el profesional, Arq. Rufino Pereyra en fecha 25/11/02, mediante presentación, en la cual solicita la categorización de su actividad en los términos de la Ley N° 123 modificada por Ley N° 452 y su Decreto Reglamentario-, tratándose la actividad de Edición de Libros, Folletos, Partituras y otras publicaciones- impresión - oficina comercial- sup. 538,08 m2;

Que, en fecha 26 de noviembre de 2002, se requirió al profesional actuante, por intermedio de la Dirección General antes citada...

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