Resolución Nº 334/GCABA/AGC/15

FirmantesGómez Centurión
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición12 de Junio de 2015

VISTO:

EL EXPEDIENTE N° 918981/10, Y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el VISTO tramitó la solicitud de habilitación

iniciada por el Sr. Eugenio Tomás Viñales, respecto del establecimiento emplazado en

la calle Amenábar N° 2215/17, P.B, UF N° 1 de esta Ciudad, para desarrollar la

actividad de "Agencias Comerciales de empleo, turismo e inmobiliaria";

Que la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, a fs. 17, formuló una serie de

observaciones al trámite de habilitación, intimándose al peticionante a subsanarlas en

el plazo de treinta días, encontrándose notificado con fecha 30 de noviembre de 2010;

Que no habiendo sido subsanadas las observaciones formuladas, la Dirección General

de Habilitaciones y Permisos, mediante el informe de "Rubros Rechazados y Motivos",

con fecha 15 de agosto de 2013, rechazó la solicitud de habilitación de conformidad

con lo normado por el art. 9 del Decreto N° 93/2006, encontrándose notificado al

administrado con fecha 28 de octubre de 2013;

Que a través de la Presentación Agregar N°1, con fecha 4 de noviembre de 2013, el

titular de la actividad interpuso recurso de reconsideración contra el Informe de Rubros

Rechazados y Motivos, requiriendo una prórroga de 30 días;

Que en este contexto, la Subgerencia Operativa de Dictámenes IV (HYP), efectuó un

pormenorizado informe, considerando que corresponde rechazar el recurso incoado;

Que la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, a través de la Disposición N°

DI-1716-DGHP-2015, obrante a fs. 33, desestimó el recurso de reconsideración

formulado por el administrado contra el informe de Rubros Rechazados y Motivos, de

fecha 15 de agosto de 2013, en atención de no haberse dado cumplimiento con los

requisitos exigibles en la normativa vigente aplicable en la materia, siendo notificado el

administrado con fecha 17 de marzo de 2015;

Que corresponde en esta instancia el tratamiento de la vía recursiva deducida contra

el Informe de Rubros Rechazados y Motivos, de fecha 15 de agosto de 2013,

mediante el cual se rechazó la solicitud de habilitación, como recurso jerárquico

implícito en el recurso de reconsideración, en los términos previstos por el artículo 107

y siguientes del Decreto N° 1510/97;

Que el recurrente alegó haber acompañado toda la documentación que se le habría

...

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