Resolución N° 414/GCABA/SIYP/04

FirmantesFeletti
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Infraestructura y Planeamiento
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N° 414/ GCABA/ SIYP/ 04

SANCIONA CON SUSPENSIÓN AL AGENTE ADRIÁN N. SISLO - F. 314.552 - DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MANTENIMIENTO DE LA FLOTA AUTOMOTOR - SANCIONES A AGENTES - SUSPENSIÓN DE AGENTES - DIRECCIÓN DE MATERIAL RODANTE - DIRECCIÓN DE TALLERES LAVARDÉN - ROBO DE AMBULANCIA - SUMARIO 1943/99

Buenos Aires, 07/05/2004

Visto, el Expediente N° 65.146/1999, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 126/SSGRAL/99 la Subsecretaría General ordenó instruir Sumario Administrativo a fin de deslindar responsabilidades respecto a la denuncia de robo de un vehículo ambulancia domino BKY 384 del Servicio del SAME, que fuera sustraído con fecha 21 de septiembre de 1999;

Que por Nota N° 3.911/DGMRYT/99 se da cuenta del siniestro sufrido por el vehículo antes citado, ocurrido en la Avda. Jujuy a treinta metros de su intersección con la calle Inclán, conducido por un mecánico de la Dirección de Talleres Lavardén, agente Adrián Norberto Sislo F. N° 314.552, quien manifestó estar probando el rodado;

Que, el agente Sislo efectúa el descargo pertinente;

Que, mediante Informe N° 882/DGMRYT/99 se da cuenta del trámite realizado ante la compañía aseguradora y refiere que los hechos han dado lugar al Sumario N° 1.943/99 Lesiones 94 CP que tramita por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional N° 10, Secretaría N° 74;

Que, presta Declaración Testimonial el agente José Enrique Massari F. N° 261.744, quien se desempeña como Director de la Dirección de Talleres de la Dirección General de Material Rodante y Talleres dependiente de la por entonces Subsecretaría General, quien manifiesta que tomó conocimiento del hecho investigado por un llamado a su teléfono celular del agente Sinopoli. Refiere que el agente Sislo no solicitó autorización al dicente para sacar la unidad, ni fue notificado de que iba a ser sacada de la dependencia. Refiere que a raíz de este hecho fue separado de su cargo. Que en su momento tomó conocimiento a raíz del siniestro había dos lesionados y que la ambulancia habría sufrido daños considerables. Manifiesta que luego de tomar conocimiento del hecho se apersonó en la Comisaría 28°, donde se encontraba demorado Sislo;

Que, se recibe Declaración Testimonial al agente Enrique Segundo Morales Pájaro, F. N° 212.408, quien se desempeña como encargado de verificación técnica de las unidades de transporte liviano de la Dirección de Talleres de la Dirección General de Material Rodante y Talleres. Manifiesta que el agente Sislo dependía del dicente y que en ningún momento le pidió autorización para sacar la unidad de la Repartición. Asimismo, hace constar que existen instrucciones del Director del Área que no se puede sacar ningún vehículo sin su autorización. Desconoce si Sislo tenia autorización de manejo, que es un permiso interno para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR