Resolución N° 738/GCABA/SHYF/04

FirmantesOtero
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConjuntas: - Dirección General de Rentas - (Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición23 de Marzo de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZASDIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN N° 738/ GCABA/ SHYF/ 04

SUSTITUYE EL ARTÍCULO 4° DE LA RESOLUCIÓN N° 3.471/DGR/03, B.O. N° 1802 - RÉGIMEN DE PRESENTACIÓN ESPONTÁNEA - PLAZOS - VENCIMIENTO - AÑO 2004 - GRANDES CONTRIBUYENTES - SOLICITUD DE ACOGIMIENTO - PLANES CADUCOS - PLANES DE FACILIDADES - REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS - DEUDA DE IMPUESTOS - PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS

Buenos Aires, 23/03/2004

Visto lo dispuesto en la Resolución N° 3.471/DGR/2003 (B.O. N° 1802), y

CONSIDERANDO:

Que existen numerosos pedidos de facilidades de pago para regularizar las obligaciones incorporadas en algún plan de facilidades anterior y que se encuentran caducos;

Que en estos casos se puso en evidencia la intención de los interesados de dar cumplimiento a sus obligaciones tributarias;

Que es propósito de esta Administración facilitar la regularización de las deudas contraidas, superando situaciones que pudieran comprometer la estabilidad patrimonial de los contribuyentes;

Que a tal fin se considera indispensable que no se agrave el endeudamiento que los afecta;

Que las Leyes Nros. 671 y 1.078 establecen un régimen de presentación espontánea y regularización de las obligaciones tributarias adeudadas;

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 113 del Código Fiscal T.O. 2003 (Separata B.O. N° 1677) y el Decreto N° 2.076/2001 (B.O. N° 1346),

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1°

Sustituir el artículo 4° de la Resolución N° 3.471/DGR/2003 por el siguiente:

Los planes caducos y transferidos, a que se refiere el artículo 3° inciso a) segundo párrafo, del Decreto N° 2.076/2001 en el texto dado por el Decreto N° 1.736/2003, que pueden regularizarse en los términos de las Leyes Nros. 671 y 1.078 son aquellos cuya caducidad se hubiera producido al 31/1/2004 y hayan sido transferidos...

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