Resolucion n° 325
Emisor | Municipalidad de Capital |
Fecha de la disposición | 29 de Septiembre de 2005 |
RESOLUCION Nº 325
Mendoza, 29 de setiembre de 2005
Visto: El Expediente Nº 17.421-C-2004, por el cual
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MENDOZA
RESUELVE:
Emplázase a los titulares de los Nichos del Sector Subterráneo Este del Pabellón «N», del Cementerio de la Capital, cuyos plazos de concesión se encuentran vencidos al día de la fecha y/o quienes posean derechos sobre los restos depositados en los mismos cuya nómina y ubicación se detallan a continuación, para que en el plazo de treinta (30) días hábiles regularicen su situación, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se dispondrá de los mismos y procederá sin más trámite a la exhumación y cremación de los restos, destinándolos al Cinerario Común de donde no podrán ser recuperados, a saber:
Nichos del Sector Subterráneo Este del Pabellón «N»
Nicho
Restos
Nº
9313
Médico, Juan
9331
Munafó, Francisco José
9334
Giménez, Nicolás
9335
Sessarego, Alberto
Dante
9339
Bordón, Josefa
9342
Moroso, José Pedro
Angel
9344
Oro, Rosario
9346
Suárez, María Eva
9347
Bonaccorsi, José
9349
Fernández de Casrro,
Jaciento
9355
Fernández, Adriana
Estela
9359
San Juan Pérez,
Victoriano
9364
Puliti, Alfredo
9365
Arce, Dalmiro Héctor
9368
Vélez, Claudia Lucía
9375
Sosa, Italo Gabriel
9376
Alcallaga, Justina
9377
Labarda, Florencio
Secundino
9380
Martínez, Nicolaza del
Carmen
9381
Postizzi, Cirilo Humberto
9382
Fuentes, Magdalena
9387
Caballero, María Delia
Ferreyra
9392
Caballero, Emilio
9391
Sosa, Justa y Otros
9394
Aguilar, Manuel
9397
Suárez, José Manuel
9399
Diego, Eustaquio
9402
Carrera, Pedro
9403
Massioa, Osvaldo
9406
Arabales, Roberto
Fortunato
9409
Bolañs Alija, Rosalía
9410
Yovanovich, Nicolás
9411
Yovanovich, Barbarita
Soledad
Procédase por el Departamento Cementerio una vez vencido el plazo y términos que se disponen por el Artículo 1º, a desocupar los Nichos del Sector Subterráneo Este del Pabellón «N», a exhumar los restos depositados en los mismos, a su cremación y destínense las cenizas al Cinerario Común de donde no puedan recuperarse.
Por Despacho de Secretaría de Hacienda, procédase a la publicación que establece el Artículo 152º de la Ley Nº 3909.
Por Dirección de Rentas - Defunciones, tómese debida nota de lo dispuesto. Cumplido, remítase al Departamento Cementerio a los fines pertinentes.
Comuníquese y dése al Libro de...
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