Resolución N° 2291/GCABA/DGR/00

FirmantesCalvo
Jefe de GobiernoEnrique Olivera
EmisorDirección General de Rentas
Fecha de la disposición 8 de Junio de 2000

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN N° 2291/ GCABA/ DGR/ 00

PLAN DE FACILIDADES DE PAGO, CON RESPECTO A LA VIGENCIA DE DISTINTOS REGIMENES EN MATERIA DE FACILIDADES DE PAGO. REGLAMENTACIÓN DE LA RESOLUCIÓN N° 801-SHYF-2000, B.O N° 950

Buenos Aires, 08/06/2000

Visto el Decreto 1.708-GCBA-97, y las Resoluciones Nros. 303-SHyF-99 y 801-SHyF-2000, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1.708/97 faculta a la Dirección General de Rentas a reglamentar todos aquellos aspectos necesarios para la instrumentación del Plan de Facilidades de pago de las obligaciones tributarias que el mismo prevé.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias dispuestas por el artículo 92 del Código Fiscal (T.O. 2000) y el Decreto 1.708-GCBA-97,

EL DIRECTOR DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Artículo 1°

Los contribuyentes o responsables que se adhieran al régimen de la Resolución N° 801-SHyF-2000, con las salvedades previstas en su artículo 1°, deben cumplir con las disposiciones que en el párrafo siguiente se establecen:

El vencimiento para el acogimiento al Plan de Facilidades de Pago establecido en la Resolución N° 801-SHyF-2000, tendrá el siguiente cronograma:

  1. Impuesto sobre los Ingresos Brutos, desde el 1° de julio al 31 de julio de 2000 de acuerdo a lo siguiente:

    ANEXOS

    ANEXO

    Terminación Dígito Verificador 0 - 1 días: 3, 10 ó 17-07-2000 Terminación Dígito Verificador 2 - 3 días: 4, 11 ó 18-07-2000 Terminación Dígito Verificador 4 - 5 días: 5, 12 ó 19-07-2000 Terminación Dígito Verificador 6 - 7 días: 6, 13 ó 20-07-2000 Terminación Dígito Verificador 8 - 9 días: 7, 14 ó 21-07-2000 Terminación Dígito Verificador 0 a 9 días: 24 al 31-07-2000
  2. Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza Territorial y de Pavimento y Aceras y Adicional fijado por la Ley N° 23.514, Patentes sobre Vehículos en General y Contribución por Publicidad, desde el 1° de agosto hasta el 30 de septiembre de 2000.

  3. Planes de Facilidades caducos al 30 de abril de 2000 y la refinanciación de los planes vigentes a la fecha de acogimiento al presente plan: desde el 1° de octubre hasta el 31 de octubre de 2000.

Art. 2°

Para aquellos casos que se encuadren en el artículo 2° de la Resolución N° 801-SHyF-2000 -Deudas transferidas para su cobro...

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