Decreto N° 1708/97

FirmantesDe La Rua-Rodriguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición28 de Noviembre de 1997

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

PLAN DE FACILIDADES DE PAGO

DECRETO N° 1708/ 97

FACULTA A LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS CON CARÁCTER GENERAL Y PERMANENTE A CONCEDER FACILIDADES PARA EL PAGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA EN MORA

Buenos Aires, 28/11/1997

Visto que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires considera una obligación inexcusable definir la política de acción propia de la Administración Tributaria, y

CONSIDERANDO:

Que esta política debe contener en forma precisa las metas que se pretenden alcanzar, las prioridades que se hayan de establecer y las medidas que se han de adoptar para conseguir cada objetivo;

Que durante años diversas gestiones de gobierno han tolerado y permitido la inexistencia de un sistema de control del cumplimiento de las obligaciones tributarias, limitándose a la aplicación de conductas erráticas y aleatorias, lo que simultáneamente se ha proyectado en los contribuyentes, arraigando conductas de indiferencia con respecto de sus responsabilidades como tales,

Que en este contexto debe resaltarse la falta de coherencia en relación con el cobro coactivo de la deuda fiscal en mora, que nunca se ha perseguido como una rutina sistemática en la que debe concluir necesariamente el proceso de la recaudación;

Que ante este estado de cosas deben asentarse y desarrollarse sólidamente las bases sobre las cuales se estructure el sistema de control, para obtener la meta final propuesta, vale decir, el cumplimiento voluntario, con lo cual, no se pretende sino la organización de un Estado eficaz, que utilice sus recursos para asegurar el bienestar de todos, como lo impone la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires cuando afirma que es política de estado que la actividad económica sirva al desarrollo de la persona y se sustente en la justicia social, previendo la imposición sobre la base de los principios de igualdad, equidad, generalidad y solidaridad;

Que sin embargo sería ilusorio pensar en una transformación inmediata del medio, a ello se llega a través de un proceso sostenido, tendiente a crear un verdadero riesgo para el evasor mediante la convicción de que si perservera en esa actitud su omisión será conocida, sancionada y, en definitiva, forzado a cumplir la obligación;

Que la necesidad de una política de acción global no excluye la posibilidad y la conveniencia de formular políticas parciales para atender aspectos determinados de la Administración;

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