Resolución N 603/GCABA/MJYSGC/11

FirmantesMontenegro
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESOLUCIÓN N 603/GCABA/MJYSGC/11SE DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 759-SSEMERG/10

Buenos Aires, 29 de agosto de 2011

RESOLUCIÓN N.° 603/MJYSGC/11.

Buenos Aires, 29 de agosto de 2011

VISTO:

El Expediente N° 11407/11, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la solicitud de subsidio por inundación previsto por la Ley N° 1.575, presentada por el señor Claudio Ramón Flores, D.N.I. N° 23.865.437, por los daños sufridos por vehículo dominio SUA978, presuntamente ocasionados por el fenómeno meteorológico del 19 de febrero de 2010;

Que por Resolución N° 759/SSEMERG/10 se otorgó el subsidio solicitado por un monto de Pesos trescientos cincuenta ($ 350.-) IVA incluido, en concordancia con el Informe N° 1810/DGMFAMH/10, elaborado por la Dirección General de Mantenimiento de Flota Automotor del Ministerio de Hacienda;

Que contra dicho acto administrativo el interesado interpuso Recurso de Reconsideración, por considerar insuficiente el monto otorgado, siendo el mismo denegado por Resolución N° 877/SSEMERG/11;

Que el recurrente fue notificado a efectos de ampliar o mejorar los fundamentos del recurso jerárquico implícito, haciendo uso de tal facultad;

Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico implícito, en los términos de los Artículos 108 y 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención de su competencia emitiendo el Dictamen N° 84653, advirtiendo que el beneficio previsto en la normativa de aplicación reviste carácter paliativo de los daños denunciados, como así también que el monto a otorgarse es regulado por la autoridad de aplicación previa intervención de los organismos técnicos...

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