Resolución Nº 314/GCABA/AGC/15
Firmantes | Gómez Centurión |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia Gubernamental de Control |
Fecha de la disposición | 5 de Junio de 2015 |
VISTO:
EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 04827398/MGEYA/SSTED/15, Y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 661, su modificatoria N° 3.996 y su Decreto reglamentario N°
1076/GCABA/05, establecieron el marco regulatorio para el funcionamiento de los
Establecimientos Residenciales para Personas Mayores, dentro del ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a efectos de dotar a la autoridad de aplicación de los soportes operativos
necesarios, por medio de la precitada Ley N° 661 se creó la Unidad de Gestión de
Control y Registro de Establecimientos Residenciales para Personas Mayores
(UGCOR), bajo la dirección de la Subsecretaria de Tercera Edad, del Ministerio de
Desarrollo Social, entre cuyas atribuciones y competencias se halla la de administrar,
confeccionar y mantener actualizado el Registro Único y Obligatorio de
Establecimientos Residenciales para Personas Mayores;
Que mediante el dictado de la Ley N° 3996, modificatoria del artículo 4° de la Ley N°
661, se instituyó como autoridad de aplicación de la norma a la Agencia
Gubernamental de Control (AGC), con la asistencia en incumbencias propias por
materia, de los Ministerios de Desarrollo Social y de Salud;
Que el artículo 3° del Anexo I del Decreto N° 1076/GCABA/05 establece como
requisito obligatorio para el funcionamiento de los Establecimientos Residenciales la
inscripción en el Registro Único y Obligatorio de Establecimientos Residenciales para
Personas Mayores;
Que el establecimiento residencial emplazado en la calle Caseros N° 3031/35 de esta
Ciudad, se encuentra inscripto bajo el N° 103 en el Registro Único y Obligatorio de
Establecimientos Residenciales para Personas Mayores;
Que conforme surge del Expediente citado en el VISTO, la Subsecretaria de Tercera
Edad, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, solicitó la baja del Registro N°
103 del Registro Único y Obligatorio de Establecimientos Residenciales para Personas
Mayores, en atención a que el Sr. Héctor Julio Turconi, informa el cese en la
explotación comercial del establecimiento de marras desde el 18 de marzo de 2015,
de conformidad con lo que surge del número de orden 2;
Que a mayor abundamiento, la Dirección General de Fiscalización y Control de esta
AGC ha tomado la intervención de su competencia conforme surge del número de
orden 17, habiéndose...
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