Resolución N° 309

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2015
CÓRDOBA, 23 de Setiembre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIX Nº 183 Primera Sección 7
corresponde mencionar que dicho
procedimiento de contratación se ha visto
modificado mediante la Ley Provincial Nº
10.155, a partir de la cual ha sido suprimida la
licitación privada como proceso de selección.
Que esta modificación hace necesaria la
adopción de uno de los sistemas previstos en
el nuevo marco normativo, que contemple los
principios generales a que debe ajustarse toda
contratación, es decir: oposición, libre
concurrencia, igualdad de posibilidades para
interesados; transparencia basada en la
publicidad y difusión de las actuaciones relativas
a las contrataciones; consideración de los
criterios de sustentabilidad, y responsabilidad
de los agentes y funcionarios públicos que
autoricen, aprueben o gestionen las
contrataciones.
Que en cumplimiento de ello, el procedimiento
de selección que en mayor medida se ajusta
a esos preceptos, es el de Licitación Pública,
por cuanto está dirigido a una cantidad
indeterminada de posibles oferentes, con
capacidad para obligarse y cumplir con los
demás requisitos que exijan los pliegos.
Que no debe soslayarse la exigencia que
establece el Artículo 24° de la citada Ley N°
8669, en cuanto restringe la presentación a
personas no inscriptas en el Registro de
Prestatarios del Servicio Público de
Transporte, no obstante ello cabe señalar
que este requerimiento no reviste el carácter
de impediente, toda vez que la sola
presentación de la propuesta trae implícita
la solicitud de inscripción en dicho registro.
Que el objetivo de la concesión es
garantizar el servicio de transporte público
a los usuarios en condiciones de
continuidad, regularidad, generalidad,
obligatoriedad y uniformidad en igualdad de
condiciones, y evitando que se originen
situaciones monopólicas o de posición
dominante en el mercado del servicio
público de transporte, aspectos que se
encuentran debidamente contemplados.
Que a tal fin se arbitrarán las medidas
tendientes a prohibir la existencia de
monopolios en cualquiera de sus formas y en
consecuencia, se autorizará a otras empresas,
la prestación de servicios de igual o similar
naturaleza, propendiendo a garantizar la
multiplicidad de prestadores e incrementar la
oferta de servicios, todo ello en aras de lograr
una sana y leal competencia, que redunde
en la obtención de servicios de calidad, con
métodos y tecnologías modernos, que se
centren en satisfacer las necesidades de los
usuarios.
Que asimismo quien resulte concesionario
del servicio, no podrá ser propietario o tener
participación por sí, por terceras personas, o
a través de sus socios, de servicios de
transporte en los corredores que se licitan.
Que el proceso de concesión que se inicia a
partir de este llamado a licitación no deberá
afectar el Convenio Colectivo de Trabajo
vigente, ni el encuadramiento sindical y los
derechos en materia previsional y de obra
social, debiendo evitarse efectos negativos
sobre el empleo o la pérdida de puestos de
trabajo, en el marco de una función productiva
eficiente.
Que sobre estos principios la Dirección Gen-
eral de Transporte ha confeccionado el Legajo
Técnico constituido por el Pliego de
Condiciones Generales y Particulares de
Condiciones, los cuales servirán de base en
el proceso licitatorio.
Que los pliegos se ajustan a las exigencias
legales, técnicas y procedimentales respetando
las pautas establecidas en el Decreto
Reglamentario N° 254/2003 el cual en su
Anexo “B” fija lo lineamientos de lo que debe
constituir el Pliego General de Condiciones y
el Anexo “A” determina las pautas técnicas de
los vehículos a afectar al servicio, lo que
garantiza un marco de transparencia y equidad
para todos aquellos que participen del proceso
licitatorio.
Que el presente llamado deberá tener amplia
publicidad, conforme al régimen legal vigente.
Que la norma del Artículo 27° de la Ley N°
8669 reserva al Ministro del área, en este caso
el señor Ministro de Agua, Ambiente y Servicios
Públicos la resolución de las concesiones de
servicios de transportes, facultad que puede
ser delegada mediante decisión expresa
emanada del mismo, esto a partir de lo
establecido por el Artículo 15° del Decreto N°
1387/2013, ratificado por Ley N° 10.185.
Que en virtud de la Resolución N° 124 de
fecha 15/09/15, el señor Ministro de Agua,
Ambiente y Servicios Públicos resolvió delegar
en el señor Secretario de Transporte todas
las facultades otorgadas por imperio de la Ley
Provincial N° 8.669 y el Anexo “B” del Decreto
N° 254/03, para el procedimiento de selección
y contratación del concesionario del Servicio
Público de Transporte de Pasajeros de
aquellos corredores que la Autoridad de
Aplicación considere oportuno y conveniente.
Que corresponde en esta instancia aprobar
los Pliegos de Condiciones Generales y
Particulares y sus Anexos y autorizar el
Llamado a Licitación de que se trata.
Por ello, conforme a lo dispuesto por el
Artículo 6º inciso “a” y concordantes de la Ley
N° 10.155 - Régimen de Compras y
Contrataciones de la Administración Pública
Provincial- y su reglamentación dada por
Decreto Nº 305/2014, la delegación de
facultades otorgada por Resolución Nº 124/
2015 del Señor Ministro de Agua, Ambiente y
Servicios Públicos, y lo dictaminado por la
Dirección General de Operaciones bajo el N°
0628/2015;
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR el llamado a
Licitación Pública N° 02/2015 para la concesión
de los servicios públicos de transporte de
pasajeros en la modalidad REGULAR
COMUN y DIFERENCIAL en sus distintas
categorías, para los corredores que integran
las ZONAS SUR I: Valle de CALAMUCHITA y
Corredor CÓRDOBA- JUÁREZ CELMAN, por
el término de DIEZ (10) años, con opción a
prórroga por CINCO (5) años, ajustado a las
bases establecidas en los Pliegos General y
Particular de Condiciones, como sus Anexos.
Artículo 2º.- APROBAR en todos sus
términos el Legajo Técnico correspondiente al
llamado a Licitación Pública N° 02/2015 para
la concesión del Servicio Público de
Transporte de Pasajeros por Automotor en la
modalidad Regular Común y Diferencial para
los corredores que integran las ZONAS SUR
I, compuesto de: Pliego de Condiciones Gene
rales y Particulares con sus respectivos
Anexos, los cuales forman parte de la presente
Resolución.
Artículo 3º.- DISPONER que el llamado a
Licitación autorizado por el Artículo 1° sea
publicado en el Boletín Oficial, en el portal web
oficial, de acuerdo a lo establecido por el
Artículo 16° de la Ley N° 10.155; y en TRES
(3) diarios de mayor tiraje en la Provincia y
UN (1) diario de circulación a nivel Nacional
por el término de DOS (2) días.
Artículo 4º.- ESTABLECER que a partir del
día 28 de Setiembre de 2015, podrán
consultarse y/o adquirirse los Pliegos en
la Dirección General de Administración de
la Secretaría de Transporte, sita en Av.
Colón 97 – 2° piso – Córdoba Capital, de
Lunes a Viernes de 10:00 a 14:00 horas,
Tel.: 0351-5243000 interno 3790,
estableciéndose el valor de los mismos en
la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000).
Artículo 5°.- ESTABLECER que la
presentación de las ofertas deberá efectuarse
hasta las 10:00 horas del día 13 de Octubre
de 2015 en el SUAC de la Secretaría de
Transporte ubicada en el 2° piso, de Av.
Colón N° 97, B° Centro, de esta Ciudad de
Córdoba.
Artículo 6°.- ESTABLECER como fecha de
Apertura del Sobre I y II el día 13 de Octubre
de 2015 a las 11:00 horas, en la Secretaría de
Transporte, sita en Av. Colón N° 97, 1° Piso,
Ciudad de Córdoba; todo conforme la
modalidad establecida en los Pliegos de
Condiciones.
Artículo 7°.- FIJAR en concepto de Garantía
de Oferta la suma de PESOS CIEN MIL
($100.000) la que deberá ser realizada en la
forma que autoriza el Pliego General de
Condiciones y presentada al momento de
realizar la propuesta.
Artículo 8°.- DESIGNAR como integrantes
de la Comisión de Apertura de Sobres y de
Preadjudicación de la Licitación Pública
dispuesta en el Artículo 1°, por la Secretaria
de Transporte al Director General de
Transporte Ing. Marcelo D. MANSILLA y al
Director General de Cargas Cr. Carlos A.
ALAYE, al Jefe de Área de Compras y
Suministros Cr. Pablo Jorge PASCHETTI, y a
la Abogada Dra. Marcela Alejandra
GOZALVEZ.
Artículo 9°.- ESTABLECER un plazo de
QUINCE (15) días hábiles contados a partir
de la fecha de apertura de los Sobres para
que la Comisión de Preadjudicación se expida
y presente el informe de evaluación de las
propuestas.
Artículo 10°.- FIJAR como Depósito de
Garantía para deducir impugnaciones la suma
de PESOS VEINTE MIL ($20.000), que
deberá ser constituido por el recurrente en
efectivo en las cuentas que indique la Dirección
General de Administración de la Secretaría de
Transporte.
Artículo 11°.- PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE
Resolución N° 309
Córdoba, 21 de setiembre de 2015
VISTO: El expediente 0378-118381/2015 en que el Ministerio
de Gestión Pública propicia ajustes en la distribución de los
Recursos Humanos asignados por el “Presupuesto General de
la Administración Pública Provincial para el año 2015”.
Y CONSIDERANDO:
Que lo solicitado tiene su fundamento en la Disposición N° 178
de fecha 17 de Julio de 2015, dictada por el Ministerio de Gestión
Pública en la que dispone el traslado definitivo de la agente
MINISTERIO DE
FINANZAS
Jaime Rita Anahí, D.N.I. N° 31.055.064 al ámbito del Ministerio
de Desarrollo Social.
Que por otra parte y en virtud de lo normado por la Resolución
N° 1510/12 del ex Ministerio de Administración y Gestión Pública,
por la cual se aprueban nuevos procedimientos y modalidades
simplificadas de trámites administrativos de mayor relevancia y
volumen dentro de la Administración Pública Provincial, siendo
una medida ordenadora y necesaria para lograr celeridad,
economía, sencillez y eficacia en la gestión de los mismos, es
competencia de esta Cartera Ministerial intervenir en dichos
trámites conforme al Anexo I del referido instrumento legal.
Que en mérito de ello resulta menester adecuar la planta de
personal otorgando una Compensación de Recursos Humanos
transfiriendo un (1) cargo 16 005 – “Administrativo A-5” desde
el Programa 202 (Ministerio de Gestión Pública) dependiente
de la Jurisdicción 1.20 – Ministerio de Gestión Pública, hacia el
Programa 651/1 (Ministerio de Desarrollo Social) perteneciente
a la Jurisdicción 1.65 – Ministerio de Desarrollo Social.
Que obran incorporados en autos la conformidad y Visto Bueno
de las autoridades respectivas.
Que este Ministerio resulta competente para consolidar el trámite
presupuestario en razón de intervenir más de una Jurisdicción.
Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones

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