Resolución Nº 303/GCABA/MGOBGC/16

FirmantesScrenci Silva
EmisorMinisterio de Gobierno

VISTO:

La Ley N° 471 (Texto consolidado por Ley N°5.666), el Decreto N° 827/01, el

Expediente Electrónico N° 26.529.402-MGEYA-DGTALGOB/16, y

CONSIDERANDO:

Que el Capítulo VI de la Ley N° 471 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) establece el

Régimen de Licencias de los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, entre las que se encuentra la licencia por descanso anual remunerado;

Que en tal sentido, el artículo 18 de la mencionada Ley dispone que "El goce puede

ser fraccionado de acuerdo con lo que se establezca en la reglamentación y en la

negociación colectiva debiendo tenerse presente las características y necesidades de

las respectivas reparticiones";

Que mediante el Decreto N° 827/01 se reglamentó el aludido régimen de licencias,

determinando en su artículo 3° que "la licencia por descanso anual remunerado

prevista en el artículo 18 de la Ley N° 471 podrá ser fraccionada a pedido del

interesado en dos (2) períodos, pudiendo la autoridad de la repartición en la que

reviste, por razones imperiosas del servicio, determinar un mayor fraccionamiento o,

en la medida que resulte imprescindible, recabar del Secretario del área la

transferencia al año siguiente, no pudiendo aplazarse por más de un (1) año";

Que por el expediente mencionado en el Visto tramitan las solicitudes efectuadas por

distintas unidades de organización dependientes de este Ministerio de Gobierno, por

medio de las cuales se requiere transferir al año 2017 las licencias por descanso anual

remunerado correspondientes al período 2015, pendientes de usufructuar, por razones

imperiosas de servicio, por el personal que se detalla en el Anexo I de la presente

resolución.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 827/01,

EL MINISTRO DE GOBIERNO

RESUELVE

Artículo 1° Transfiérase al año 2017 los días de licencia por descanso anual

remunerado correspondiente al período 2015, pendientes de usufructuar por los

agentes pertenecientes a distintas dependencias de este Ministerio de Gobierno, de

conformidad con lo dispuesto en el Anexo I (IF N° 27114549-DGTALGOB-16), el que a

todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2° Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

comuníquese a la...

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