Resolución N 43/GCABA/ASINF/11

FirmantesLinskens
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia de Sistemas de Información
Fecha de la disposición17 de Mayo de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

RESOLUCIÓN N 43/GCABA/ASINF/11SE APRUEBA COMPENSACIÓN PRESUPUESTARIA - PRESUPUESTO - EJERCICIO 2011

Buenos Aires, 17 de mayo de 2011

VISTO:

La Ley N° 70, la Ley N° 3.753, Ley N° 2.689, el Decreto N° 178/11, el Expediente N° 690.452-2.011, y

CONSIDERANDO:

Que por las Notas N° 683.331-DGDSIS-2.011 y N° 1.604.321-DGOPE-2.010 los titulares de la Dirección General de Desarrollo de Sistemas y la Dirección General de Operaciones de esta Agencia de Sistemas de Información solicitaron la provisión de Equipos Blackberry;

Que a través del Informe N° 715.307-DGTALINF-2.011 tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento N° 1.132/SIGAF/2.011 cuya finalidad reside en disponer del crédito suficiente para el pedido de ocho (8) equipos Blackberry y, además, de cuarenta (40) equipos USB;

Que es función del suscripto “Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes“ (art. 10, inc. b, Ley N° 2.689);

Que por otro lado, la Ley N° 70 establece en el artículo 63, 2° párrafo que “Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires“;

Que por medio de la Ley N° 3.753 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.011;

Que, así por Decreto N° 178-11 (reglamentario de la referida Ley), se ratificaron lasNormas Anuales de Ejecución y Aplicación aprobadas por DecretoN° 35/11 con las readecuaciones pertinentes, estableciendo en el artículo 9° del Anexo I que las modificaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR