Resolución Nº 276/GCABA/SSMEP/15
Firmantes | Silvosa |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría Mantenimiento del Espacio Público |
Fecha de la disposición | 24 de Julio de 2015 |
VISTO:
el Expediente Electrónico N° 14270762-MGEYA- DGEV-2014, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. René Edith Resnicoff realiza una presentación impugnando los términos
de la Resolución 214- SSMEP/2015;
Que, en cuanto al aspecto formal de la presentación en análisis, la misma será
considerada como recurso de reconsideración contemplado en el art. 103 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto
1.510-GCBA/1997 (BOCBA 310), habiendo sido el mismo interpuesto en legal tiempo
y forma;
Que, oportunamente, deberá tenerse presente lo dispuesto por el art. 107 de la citada
Ley, el que establece que el recurso de reconsideración lleva implícita la interposición
del recurso jerárquico en subsidio;
Que, se le ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires, conforme los términos del Art. 10 inc. c) de la Ley 1218;
Que, los antecedentes del caso han sido reseñados en el Dictamen IF-14679981-
DGEMPP/2015, emitido el 04/06/2015 al que en mérito a la brevedad se remite;
Que, con fundamento en dicho dictamen se dictó la Resolución N° 214-SSMEP-2015,
en virtud de la cual se rechazó la petición efectuada por la Sra. René Edith Resnicoff;
Que, habiéndose notificado del referido acto, interpone recurso de reconsideración con
jerárquico en subsidio contra sus términos;
Que, en su oportunidad, la Sra. René Edith Resnicoff solicito un resarcimiento por las
lesiones que habría sufrido al caer en la vía pública (vereda del Jardín Botánico sobre
Av. Las Heras, de esta Ciudad) el 14/10/2012;
Que, al tomar intervención la Procuración General emitió opinión y, en base a los
elementos obrantes en autos, aconsejó dictar el pertinente acto administrativo que
rechazara lo peticionado;
Que, "Brevitatis causae" se remite a los argumentos expuestos en el citado Dictamen;
Que, el criterio allí sustentado dio fundamento al acto administrativo cuestionado-
Resolución 214- SSMEP/2015;
Que, contra la citada Resolución el causante interpone recurso de reconsideración con
jerárquico en subsidio;
Que, del análisis del mencionado recurso, no se advierte que se hayan aportado
nuevos elementos conducentes a desvirtuar lo dispuesto mediante el acto impugnado.
En efecto, la recurrente se agravia manifestando que "... a razón del desnivel de la
vereda...
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