Resolución Nº 2755/GCABA/MCGC/15
Firmantes | Lombardi |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Cultura |
Fecha de la disposición | 17 de Abril de 2015 |
VISTO:
La Ley N° 2.264, la Resolución N° 648/MCGC/10 y el Expediente N° 625.460/11, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.264 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de
la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la de
aprobar, objetar o rechazar con causa fundada las rendiciones de cuentas
documentadas que deben presentar los beneficiarios del Régimen;
Que la Resolución N° 648/MCGC/10 establece que los beneficiarios del Régimen
deben presentar un Informe de Actividades y un Informe Financiero referidos al
proyecto realizado, como así también determina el plazo en el que debe cumplirse con
la presentación de dicha rendición;
Que por Expediente N° 625.460/11 tramitó el proyecto N° 891/RPC/11 titulado "Of
Bridges & Borders, Vol. II", siendo responsable del mismo el señor Sigismond Georges
Charles S. Szaboles Raphael De Vajay DNI 21.583.814, el cual fue aprobado
mediante Resolución N° 1.831/MCGC/11 por resultar el mismo de interés cultural para
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que se estableció mediante la mencionada Resolución que el financiamiento del
proyecto aprobado alcanzaría el 100% del monto solicitado, resultando en una suma
de $ 100.000.-;
Que el responsable del proyecto ha presentado en tiempo y forma los informes
requeridos a modo de rendición, constando que el monto total ejecutado es de $
122.455,41.- los rubros a los que se aplicaron los fondos se ajustan a los
oportunamente presupuestados y los comprobantes adjuntados como prueba cumplen
en sus aspectos formales con los requerimientos legales vigentes;
Que la Subgerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural informa que la
recaudación vía Régimen Mecenazgo asciende a la suma de $ 100.000.- y que el
monto restante fue aportado por el beneficiario;
Que corresponde dar por cumplidas las obligaciones relacionadas con la ejecución del
proyecto N° 891/RPC/11 por el monto establecido mediante la Resolución N° 1.831-
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