Resolución N 217/GCABA/AGIP/11

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAdministración Gubernamental de Ingresos Públicos
Fecha de la disposición28 de Abril de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN N 217/GCABA/AGIP/11SE ORDENA LA RECONSTRUCCIÓN DE LA CARPETA INTERNA N° 34704-DGR/98

Buenos Aires, 28 de abril de 2011

RESOLUCIÓN N.° 217/AGIP/11.

Buenos Aires, 28 de abril de 2011

VISTO:

La Ley N° 2603 (BOCBA N° 2846), el Decreto N° 745/08 (BO N° 2961), el Decreto N° 2008/03 (BOCBA N° 1818), la Resolución N° 138/SECLyT/10 (BOCBA N° 3517), la Resolución N° 169/SECLYT/10 (BOCBA N° 3551) y la Carpeta Interna N° 1399165/2010, y;

CONSIDERANDO:

Que por Oficio Judicial N° 1051168/PG/2010, el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 5 requirió la remisión de la Carpeta Interna N° 34704/DGR/1998.

Que oportunamente se comunico al citado Juzgado que la actuación administrativa peticionada no pudo ser ubicada en esta Unidad de Organización, ni en el Archivo Único, de esta Repartición.

Que la reconstrucción de expedientes, carpetas, registros y oficios judiciales se encuentra contemplada en el Art. 17 del Anexo del Decreto N° 2008/03 (BOCBA N° 1818) y en el Art. 11 del Anexo de la Resolución N° 138/SECLyT/10 (BOCBA N° 35175);

Que el inciso 1° de los citados artículos establece que comprobada la perdida o extravío de un actuado debe ordenarse su reconstrucción por Resolución emanada de funcionario con nivel no inferior a Subsecretario;

Que el Art. 8° de la Ley N° 2603 (BOCBA N° 2846), reglamentada por el Decreto N° 745/08 (BOCBA N° 2961) determina que el Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos tiene rango equivalente a Director General;

Que resulta necesario dictar el acto administrativo ordenando la reconstrucción de la actuación toda vez que según surge de la información aportada por las áreas pertinentes, no se registra en ninguna de ellas;

Por ello, en ejercicio de las facultades que...

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