Resolución Nº 265/GCABA/MSGC/17

FirmantesBou Pérez
EmisorMinisterio de Salud

VISTO:

La Ley N° 2095 -Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad- (Texto consolidado

por Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario N°95/GCBA/14 y sus modificatorios,

Decreto N° 363/GCBA/15 y sus modificatorios, las Resoluciones N° 1797/MSGC/14 y

N° 592/SSASS/16, los Expedientes Electrónicos N° 4.852.372/MGEYA-UCAS/14 y N°

15.428.817/MGEYA-DGABS/16, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico N° 4.852.372/MGEYA-UCAS/14 tramitó la Licitación

Pública N° 02/UCAS/14, convocada al amparo de lo establecido en el artículo 31 y

primera parte del artículo 32 de la Ley N° 2095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y

su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 y sus modificatorios, normativa que rigió el

procedimiento licitario y de selección, para la Contratación del Servicio de Provisión y

Distribución de Insumos de Cuidados Críticos con destino a los Hospitales y Centros

de Salud, dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, bajo la modalidad de orden de compra abierta (artículos 39 y 40 de

la citada normativa);

Que mediante la Resolución N° 1797/MSGC/14 fue aprobada la Licitación mencionada

precedentemente, y se adjudicó y emitió la Orden de Compra N° 43/UCAS/14 a favor

de la empresa INSUMOS BIOMEDICOS S.A. - Renglones N° 1 al 57 inclusive, la que

fue prorrogada mediante Resolución N° 592/SSASS/16 por un período de veinticuatro

(24) meses contados a partir del día 02 de diciembre de 2016;

Que por Expediente Electrónico N° 15.428.817/MGEYA-DGABS/16, tramita la Nota

interpuesta por la firma INSUMOS BIOMÉDICOS S.A. mediante la cual acompaña la

documentación de la Cesión de Derechos y Obligaciones derivados del contrato

oportunamente suscripto con el GCABA, a favor de la firma MENDOZA BIOMÉDICOS

S.A.;

Que la Procuración General de la Ciudad tomó intervención conforme lo dispone la

Ley N° 1208, manifestando en su Dictamen que conforme la documentación remitida

por la Empresa Cesionaria y los expresado en el Informe Técnico (aspecto Legal,

Económico y Financiero), considera pertinente continuar con el trámite de la

aprobación de la Cesión de Derechos y Obligaciones efectuada;

Por ello, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley N° 2095 (Texto

...

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