Resolucion Nº 2540

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 2 de Junio de 2015

VISTO:

El expediente Nº 00501-0020933-7 con agregado -directo- Nº 00501-0025800-1 del S.I.E., relacionado con la situación laboral de la señora Angélica Beatriz Montenegro, quien revistara como personal de Enfermería (Categoría 1) en el Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de Rafaela; y

CONSIDERANDO:

Que según surge de autos, la señora Montenegro dejó de prestar servicios a partir del 02/07/99, habiéndosele retenido los haberes desde el mes de agosto de ese año;

Que si bien la conducta observada por la nombrada encuadra en la causal de cesantía prevista en el artículo 53, inciso c), de la Ley N° 8525 -abandono de servicio-, se advierte que han transcurrido más de cinco años de cometido el hecho y de acuerdo a lo previsto en el artículo 57 del citado texto legal, la Administración ha perdido la potestad disciplinaria respecto de la misma, conforme al criterio sentado en un caso similar por Fiscalía de Estado (Dictamen N° 701/99);

Que, es dable señalar que en dicho parecer jurídico se ha expresado que la ausencia de cumplimiento de las obligaciones características de la relación laboral, ha producido una situación de hecho que motivó la extinción de la potestad disciplinaria por parte de la Administración, en virtud de la desaparición del sustento fáctico y del interés público que la justifique;

Que, no habiéndose declarado oportunamente la baja producida, el referido cargo se encuentra retenido desde el 02/07/99, por lo que corresponde dejar constancia de ello, a los fines de su registración por los Servicios de Personal y la liberación del respectivo cargo presupuestario;

Que por lo expuesto y atento lo establecido en el artículo 11°, inciso b), parágrafo 10), de la Ley Nº 12.817...

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