Resolución Nº 254/GCABA/SSJUS/16

FirmantesEnríquez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Justicia
Fecha de la disposición 6 de Julio de 2016

VISTO:

La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario N° 1.624/00, la Ley N°

5.460, los Decretos N° 363/15 y 75/16, y el expediente N° 11972373/16, y

CONSIDERANDO:

Que por resolución de fecha 23 de febrero de 2016, el Tribunal de Superintendencia

del Notariado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, impuso a la escribana María

Roxana Arévalo, titular del Registro Notarial N° 498, matrícula N° 4406, la sanción de

destitución del cargo con la consiguiente cancelación de la matrícula, de conformidad

con lo establecido por los arts. 149, inc. d) y 151 inc. c) de la Ley N° 404;

Que glosada al expediente se encuentra copia certificada de la sentencia referida; Que

se encuentra glosada al expediente copia de las publicaciones efectuadas por el

Colegio de Escribanos en las que se comunica la destitución de la escribana María

Roxana Arévalo en el Boletín Oficial y en el diario La Nación respectivamente;

Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el

cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente

resolución;

Que ha emitido dictamen la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires,

considerando que puede emitirse el acto administrativo por el cual se remueva a la

citada escribana de su cargo de Titular del Registro Notarial N° 498, declarándose en

consecuencia vacante el mencionado registro;

Que la Ley N° 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la

creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y

adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;

Que el art. 133 del mismo plexo normativo determina que "... toda irregularidad

profesional originará la específica responsabilidad disciplinaria, sin perjuicio de la

responsabilidad civil, penal o administrativa de los escribanos...";

Que conforme el art. 156 de la Ley Orgánica Notarial, la destitución del escribano

importa la cancelación de su matrícula, siendo ésta un requisito inexcusable para el

ejercicio de la función notarial;

Que por la Ley 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 363/15, se aprobó la estructura organizativa, dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de...

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