Resolución Nº 2508/GCABA/MHGC.../16
Firmantes | Straface - Mura |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA<br/>SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES |
VISTO:
El Decreto N° 1.202/05, su modificatorio, los Decretos N° 798/06 y N° 1.090/08, la
Resolución N° 93/SGYRI/16, el Expediente Electrónico N° 16670867/SGYRI/16 y;
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita la solicitud de excepción al tope de prestación
de tareas adicionales en concepto de Unidades Retributivas por servicios
Extraordinario (URSE) para el personal dependiente de la Secretaría General y
Relaciones Internacionales y de la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e
Institucionales, por el período comprendido entre el 5 de julio y el 31 de diciembre
2016, con motivo de optimizar las misiones y funciones de dicha Jurisdicción;
Que por la Resolución N° 93/SGYRI/16, se autorizó la prestación de tareas adicionales
en concepto de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSEs) a favor
de diversos agentes que se desempeñan en las citadas áreas;
Que el Decreto N° 1.202/05 determina que las prestaciones que, debidamente
autorizadas, deban ser cumplidas por los agentes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y que excedan sus jornadas normales de labor, serán
reconocidas y liquidadas bajo la modalidad y concepto de Unidades Retributivas por
Servicios Extraordinarios (URSE) de carácter remunerativo;
Que dichas autorizaciones pueden ser resueltas por los titulares de las Jurisdicciones,
según lo dispuesto por el artículo 6° del mencionado acto administrativo y su
modificatorio N° 798/06;
Que, a su vez, establece que el tope por agente de URSE anuales no podrá exceder
las doscientas setenta y cinco (275) cuando las mismas sean realizadas en días
hábiles o las ciento treinta y siete (137) cuando se realicen en días inhábiles;
Que el Decreto N° 1.090/08 delega en los señores Ministros del área requirente y de
Hacienda la facultad de dictar en forma conjunta la norma que autorice superar en
cada caso los topes de URSE indicados;
Que, ponderado el requerimiento en cuestión, se entiende procedente disponer la
autorización solicitada, ya que las mismas encuentran sustento en la naturaleza
esencial de los servicios encomendados a la Secretaría General y Relaciones
Internacionales y a la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales,
los que necesariamente deben ser cubiertos con la intervención del personal
involucrado...
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