Resolución N 412/GCABA/AGC/10

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición22 de Octubre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESOLUCIÓN N 412/GCABA/AGC/10SE DENIEGA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 365-AGC/09

Buenos Aires, 22 de octubre de 2010

RESOLUCIÓN N.° 412/AGC/10.

Buenos Aires, 22 de octubre de 2010

VISTO:

El Registro N° 1546663-AGC/2010, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita el recurso de reconsideración, interpuesto por el Sr. Juan Alejandro Pisni, contra la Resolución N° 365-AGC/09;

Que mediante la Resolución N° 365-AGC/09, el Director Ejecutivo de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), dispuso rescindir a partir del 29/06/09, el contrato bajo modalidad de relación de dependencia por tiempo determinado de acuerdo a lo normado en el Decreto N° 948/04 y sus modificatorias, celebrado entre esta AGC y el recurrente;

Que dicho acto administrativo fue notificado con fecha 2 de julio de 2009;

Que con fecha 22 de diciembre de 2009, se presentó el Sr. Juan Alejandro Pisni e interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución N° 365-AGC/09, solicitando que se revean los motivos que originaron la resolución, "…teniendo en cuenta que no he cobrado ningún haber a partir de mi licencia justificada (02-Febrero-09 al 03-marzo-09)…";

Que asimismo manifestó que el motivo que dio lugar a su licencia médica ha sido superado y que se encuentra apto para volver a trabajar;

Que por todo lo expuesto, corresponde a esta instancia considerar la impugnación efectuada por el Sr. Juan Alejandro Pisni, contra la Resolución N° 365-AGC/09;

Que en primer lugar, cabe señalar que dicha presentación debe encuadrarse conforme los términos previstos por el artículo 103 del Decreto N° 1.510/97 (B.O.C.B.A.N° 310), que expresamente remite al artículo 119 del mismo cuerpo normativo;

Que en razón de ello, la impugnación efectuada por el recurrente es extemporánea, ya que fue presentada fuera del plazo legal establecido en el artículo 103, del la ley de Procedimientos Administrativos;

Que sin perjuicio de ello, el Sr. Pisni, conforme surge de las constancias aportadas en las presentes actuaciones, ha cobrado normalmente todos sus haberes hasta...

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