Resolución N 761/GCABA/MAYEPGC/10
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 7 de Junio de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESOLUCIÓN N 761/GCABA/MAYEPGC/10SE DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA DISPOSICIÓN N° 494-DGFYME/08
Buenos Aires, 07 de junio de 2010
RESOLUCIÓN N.° 761/MAYEPGC/10.
Buenos Aires, 7 de junio de 2010
VISTO:
el Registro N° 1.288-DGFyME/09, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración, interpuesto por Marco Gabriel Rizzi contra la Disposición N° 494-DGFyME/08, mediante la cual se declaró la caducidad de un permiso de Uso Precario para desarrollar actividades en el puesto N° 124 del M2 "Mercado de las Pulgas";
Que por Disposición N° 406-DGFyME/08, se intimó a los señores Rino Rizzi y Marco Gabriel Rizzi, a que en el plazo de 48 horas procedieran a justificar las inasistencias en que habían incurrido, bajo apercibimiento de dictar la caducidad del permiso que les fuera otorgado;
Que asimismo, en ese mismo acto se les intimó a que en el mismo plazo se presentaran a regularizar su situación administrativa y dentro de las 24 horas procedieran a desarrollar actividades en el precitado puesto;
Que el mencionado señor Marco Rizzi mediante la presentación del Registro N° 1.504-DGFyME/08, formuló descargo en orden a la intimación que se le formulara mediante la disposición citada;
Que por Disposición N° 166-DGFyME/09, se ordenó la clausura del puesto N° 124, conforme las razones expuestas en la Disposición N° 494-DGFyME/08;
Que posteriormente, el señor Marco Gabriel Rizzi mediante el Registro N° 1.288-DGFyME/09 interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio en los términos del artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante el dictado de la Disposición N° 1.084-DGFyME/09 se desestimó el recurso de reconsideración interpuesto, correspondiendo el tratamiento del recurso jerárquico que opera en subsidio;
Que del análisis de los considerandos de la disposición cuestionada se desprende que el señor Rino Rizzi suscribió convenios de permiso de uso precario en los términos del Decreto N° 1.630/05 y que conforme a lo normado por el Decreto N° 1.609/06 se le asignó el puesto N° 124 en el referido M2 "Mercado de las Pulgas", y el 7 de febrero de 2.007 se aceptó la...
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