Resolución N 2874/GCABA/MCGC/10

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE CULTURA

RESOLUCIÓN N 2874/GCABA/MCGC/10MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 2416-MCGC-09 RESPECTO DE LA ACREDITACIÓN DE LA CANTIDAD DE LIBROS PUBLICADOS CON LA PRESENTACIÓN DE LOS ISBN OTORGADOS POR LA CÁMARA ARGENTINA DEL LIBRO - EXCEPTÚA A LOS ENSAYOS NO LITERARIOS Y A LAS EDICIONES DE AUTOR - RÉGIMEN DE RECONOCIMIENTO DE LA ACTIVIDAD LITERARIA

Buenos Aires, 13 de septiembre de 2010

VISTO:

la Ley N° 3.014, los Decretos N° 542/09 y N° 451/10, las Resoluciones N° 2.416-MCGC-09 y 1.275-MCGC-10 y el Expediente N° 24.560/2009, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.014 creó el Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de la misma;

Que el Decreto N° 542-GCABA-09 faculta al Ministerio de Cultura, a dictar las normas complementarias e interpretativas que considere necesarias para la implementación del mencionado régimen;

Que por Resolución N° 2416-MCGC-2010 se creó la Coordinación Administrativa del Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria estableciendo sus competencias;

Que por Decreto N° 451/10 se modifica la estructura organizativa del Ministerio de Cultura, creándose la Subdirección Operativa de Regímenes de Promoción Cultural, quedando a su cargo la coordinación e implementación de todos los aspectos de carácter administrativo del Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria;

Que en el Art. 3° inc. c) la Ley N° 3.014, cuando menciona la palabra “ensayo“, no distingue el tipo que resulta ser apropiado para ser tenido en cuenta como antecedente distintivo de realización de actividad literaria, por parte del solicitante;

Que la falta de determinación del tipo de ensayo al que refiere la Ley, deja desprovisto al Comité de Evaluación de una norma que limite el universo de escritos que serían considerados como “actividad literaria“, situación que expone a la Administración a diversos planteos, cuando el Comité de Evaluación desestima determinados escritos por aplicación de sus criterios de evaluación;

Que el Art. 6° de la Resolución N°...

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