Resolución Nº 217/GCABA/AGC/15
Firmantes | Gómez Centurión |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia Gubernamental de Control |
Fecha de la disposición | 6 de Mayo de 2015 |
VISTO:
EL EXPEDIENTE N° 1149680/11, Y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el VISTO tramitó la solicitud de habilitación
iniciada por Education Group S.A, respecto del establecimiento emplazado en Avenida
Santa Fe N° 2429 P.B, EP y 1° Piso de esta Ciudad, para desarrollar la actividad de
"Instituto de Enseñanza Academia";
Que la Dirección General de Habilitaciones y Permisos mediante distintas
notificaciones realizadas en las fechas 29 de noviembre de 2011, 7 de enero de 2013
y 25 de junio de 2013, realizó una serie de observaciones
Que no habiendo sido subsanadas las observaciones efectuadas dentro del plazo
conferido, mediante Informe de Rubros Rechazados y Motivos de fecha 21 noviembre
de 2013, obrante a fs. 61, se rechazó la solicitud de habilitación de conformidad con lo
normado por el artículo 9 del Decreto N° 93/06, notificado el acto con fecha 25 de
marzo de 2014;
Que mediante Presentación Agregar N° 3 que luce a fs. 63/65, la apoderada de la
firma Education Group S.A, interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en
subsidio, con fecha 11 de abril de 2014, contra el informe de Rubros Rechazados y
Motivos, adjuntando luego mediante la Presentación Agregar N° 4 documentación y
planos a los efectos de su evaluación;
Que la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, con fecha 29 de diciembre de
2014, emitió el Informe N° IF-18554235/DGHP/14 mediante el cual consideró que la
administrada, hasta esa fecha, no había subsanado irregularidades oportunamente
detectadas, toda vez que no presentó plano de ventilación mecánica y plano de
preexistencia debidamente certificado;
Que la Gerencia Operativa de Dictámenes, a fs. 102, consideró que la administrada
interpuso recurso jerárquico directo en los términos del Art. 108 y siguientes del
Decreto N° 1510/97, en atención de haber sido interpuesto a los doce días hábiles de
haber sido notificado el rechazo de solicitud de habilitación, razón por la cual
corresponde en esta instancia el tratamiento de la vía recursiva deducida;
Que ante la falta de cumplimiento de las observaciones que motivaran el rechazo de la
solicitud de habilitación dentro del plazo establecido, debió hacerse efectivo el
apercibimiento contenido en la intimación oportunamente efectuada;
Que no se advierte que la Dirección General...
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