Resolución N° 216

EmisorDirección Provincial de Vialidad
Fecha de la disposición15 de Abril de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIV - Nº 70 CÓRDOBA, 16 de abril de 20156
Que el Departamento I Conservación de Pavimentos, en informe
obrante en autos, señala que dicha contratista solicita mediante
la Nota de Pedido antes individualizada, una ampliación de plazo
por un término total de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO (265)
días, elevándola para su aprobación por el plazo referido,
fijándose como nueva fecha de finalización de Obra el día 31 de
Marzo de 2015. Así también solicita se apruebe una nueva Curva
de Inversiones de la Obra
Que la Contratista hace expresa renuncia a todo reclamo por
gasto improductivo, directo e indirecto que le pudiera
corresponder por la Ampliación de Plazo solicitada.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N° 175/
15 que luce en autos, señala que de conformidad a lo expresado
precedentemente, lo manifestado por el
Departamento Técnico y la documentación que se acompaña,
no tiene objeción que formular, por lo que de así estimarlo esa
Superioridad, en atención a lo prescripto por la Ley Nº 8614 y
las facultades conferidas por la Ley Nº 8555, artículo 5 inc. a), se
encuentra habilitada a prestar aprobación a lo solicitado, fijando
como fecha de finalización de los trabajos el día 31 de Marzo de
2015.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado
por el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas
por la Ley Provincial N° 8555 y lo dispuesto por la Ley Nº 8614;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1°.- Aprobar una ampliación de plazo de DOSCIENTOS
SESENTA Y CINCO (265) días en la ejecución de la obra
“Cobertura de Seguridad Vial – Región “B”, a cargo de la
Razón Social “CLEANOSOL S.A.I.C.I.F.”, llevando la fecha de
terminación de los trabajos al día 31 de Marzo de 2015.-
Art. 2°.- Tener por renunciada a la Contratista, a cualquier
tipo de reclamo de todo gasto Improductivo, Directo e Indirecto
que le pudiera corresponder por la Ampliación de Plazo
solicitada.-
Art. 3°.- Aprobar la nueva Curva de Inversiones obrante en
autos, de conformidad a lo expresado en los Considerando de la
presente.-
Art. 4°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al
Departamento II Secretaría General.-
ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE
CR. CARLOS PEREZ
VOCAL DIRECTORIO
Resolución N° 216 Córdoba, 15 de Abril de 2015
REF.: SUSTITUCIÓN FONDO DE REPARO – OBRA:
REHABILITACIÓN RUTA PROVINCIAL A-102 – CAMINO A 60
CUADRAS.- EXPEDIENTE N° 0045-016437/13.- C.I. Nº
114547 045 515.-
VISTO: Las presentes actuaciones relacionadas con la
ejecución de los trabajos de la obra “Rehabilitación Ruta Provin-
cial A-102 – Camino a 60 Cuadras”, a cargo de la “U.T.E. –
CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A. - ARC S.R.L.”
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Nota de referencia, la citada contratista presenta
Póliza de Seguro de Caución N° 968.955 emitida por
“ASEGURADORES DE CAUCIONES S.A. COMPAÑÍA DE
SEGUROS”, por la suma de $150.000,00, para sustituir el Fondo
de Reparo de Certificados emitidos y/o a emitirse en la obra de
referencia.
Que el Departamento II Gestión Económica de Obras en Informe
de fs. 6 de autos, señala que los Certificados fueron elevados
para su pago oportunamente, y que del monto de los mismos fue
retenido el Fondo de Reparo al momento de su emisión.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N° 172/
15 que luce en autos, señala que atento a lo establecido en los
artículos 22, 59 y conc. de la Ley Nº 8614, y las facultades
conferidas por la Ley Nº 8555, puede esa Superioridad dictar
Resolución autorizando la sustitución de que se trata, por el
monto propuesto, conforme se propicia.
POR ELLO, atento a la documentación acompañada, los
informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II
Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley N° 8555 y
las previsiones de la Ley N° 8614;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1°.- Autorizar a la “U.T.E. – CONSTRUCTORES
ASOCIADOS S.A. - ARC S.R.L.”, a sustituir el Fondo de
Reparo de la Certificación de la obra “Rehabilitación Ruta Pro-
vincial A-102 – Camino a 60 Cuadras”, hasta la suma de Pesos
CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000,00), mediante Póliza de
Seguro de Caución en Garantía de sustitución de Fondo de
Reparo Nº 968.955, expedida por “ASEGURADORES DE
CAUCIONES S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS”, de conformidad
a lo expresado en los Considerando de la presente.-
Art. 2°.- Protocolícese, Pase al Departamento I Administración
y Personal, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése
copia al Ministerio de Infraestructura y pase al Departamento II
Secretaría General.-
ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE
CR. CARLOS PEREZ
VOCAL DIRECTORIO
Resolución N° 1
Córdoba, 18 de diciembre de 2014
VISTO: El Expediente N° 0423-111135/2014, del Ministerio de Gobierno y Seguridad por el que se promueve la aprobación del
“Programa de Formación para Municipios y Comunas” en el marco del Plan de Acción 2014-2015.
Y CONSIDERANDO:
Que la iniciativa es impulsada por el Director General del Instituto Provincial de Capacitación Municipal (INCAM).
Que luce incorporado el Programa elaborado por el Organismo mencionado, en el que se destacan sus objetivos, modalidades de
cursado, actividades formativas, cuerpo de disertantes/capacitadores, entre otros puntos.
Que según se desprende de autos, entre los objetivos del programa se prioriza la finalidad de brindar un espacio de formación íntegra
a los agentes municipales en sus diferentes niveles y jerarquías, promoviendo el desarrollo de investigaciones aplicadas y actividades
de extensión a la comunidad, todo ello a fin de fortalecer la calidad institucional.
Por ello, las previsiones contenidas en los artículos 62 y 147 de la Constitución Provincial, artículo 18 inc. 2 del Decreto 1387/13
(ratificado por Ley 10185), y el artículo 186 de la Ley 8102, reglamentado por Decreto N° 291/12; lo dictaminado por la Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el N° 679/2014 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE la creación del “Programa de Formación para Municipios y Comunas” en el marco del Plan de Acción
2014-2015 del Ministerio de Gobierno y Seguridad, el que compuesto de fs. Forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
OSVALDO R. VOTTERO
SECRETARIO DE ASUNTOS INSTITUCIONALES
MINISTERIO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
ANEXO
http://goo.gl/1kptTJ
Resolución N° 929 Córdoba, 22 de Octubre de 2014
EXPEDIENTE N* 0047-001705/2013
REFERENTE Nº 1.-
VISTO este Referente en el que a fs. 2, mediante Nota de fecha
22 de Julio de 2014 presentada por la Empresa CERES S.R.L.,
contratista de la obra: “Reparación de cubierta de techos, cielorrasos,
instalación eléctrica y sanitaria, pintura y carpintería en el ESCUELA
ENRIQUE HONORATO LACONI, ubicada en Calle Tomás de
Irobi N° 557 – B° Marqués de Sobremonte – Córdoba –
Departamento Capital”, solicita Redeterminación de Precios de la
mencionada obra en el marco de las disposiciones del Decreto N°
1133/10 rectificado por su similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 5/14, la contratista presenta documentación
fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a fs. 18/
34, documentación relacionada con la ejecución de la obra que se
trata, de la que se desprende que la adjudicación se perfeccionó
mediante Resolución N° 120/14 de la Dirección General de
Arquitectura, habiéndose suscripto el contrato correspondiente con
fecha 4/07/2014 y replanteándose la misma el día 07/07/14;
MINISTERIO DE
GOBIERNO y SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE
ARQUITECTURA
FE DE ERRATAS
En nuestra Edición del día 15 de Abril de 2015, Primera Sección,
desde la página 2 a la 11 inclusive, en el folio donde dice “Córdoba,
14 de Abril de 2015” debió decir “Córdoba, 15 de Abril de 2015” y
donde dice “AÑO CII - TOMO DCIV - Nº 68” debió decir “AÑO CII -
TOMO DCIV - Nº 69”. Dejamos salvados de esta manera dichos
errores.

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